Habrá 1030 casillas extraordinarias en elecciones concurrentes del 1 de julio

El Instituto Nacional Electoral (INE), a través de sus 20 Consejos Distritales, determinó la instalación de mil 30 casillas extraordinarias para los comicios concurrentes del próximo domingo 1 de julio.
En la información proporcionada por la Vocalía de Organización Electoral de la Junta Local Ejecutiva del INE en Veracruz, se observa que el Distrito Federal 14, con cabecera en Minatitlán, será el que contará con mayor número de estos centros de votación con 127, distribuidos en siete municipios.
Le siguen el Distrito 7 de Martínez de La Torre, con 117 en nueve municipios; 11 de Coatzacoalcos con 108, en cuatro demarcaciones municipales y 13 de Huatusco con 78, en 14 municipios.
En Tantoyuca (Distrito 2), Papantla (Distrito 6) y Xalapa I (Distrito 8), el INE pondrá a disposición de los ciudadanos 55 casillas extraordinarias, repartidas en 15, 15 y 22 municipios que los integran, respectivamente.
El Distrito 4 de Veracruz I, tendrá 54 casillas extraordinarias (sólo en el puerto); 9 de Coatepec, 47 (en 16 municipios); 20 de Cosoleacaque, 42 (en 14 municipios); 17 de Cosamaloapan, 41 (en 14 municipios); 18 de Zongolica, 40 (en 26 municipios).
Tuxpan (Distrito 3) y Veracruz II (Distrito 12), contarán con 39 centros de sufragio extraordinarios en seis y cinco municipios, respectivamente; Mientras que Pánuco (Distrito 1) y San Andrés Tuxtla (Distrito 19), instalarán 34 y 31 casillas extraordinarias, divididas en 13 y diez municipios, respectivamente.
Por cuanto hace al Distrito 10 de Xalapa II, se estableció la instalación de 21 casillas extraordinarias (en toda la capital del estado); en Córdoba y Orizaba, Distritos 15 y 16, se proyectaron 19 y 24, distribuidas en diez y nueve municipios y finalmente, en el Distrito 5 de Poza Rica, serán cuatro casillas de este tipo, en tres municipios.
Cabe precisar que en las casillas extraordinarias votan los ciudadanos que están alejados de la casilla básica donde normalmente deberían ejercer su derecho al sufragio, en este caso, para Presidente de la República, Gobernador del Estado; Senadores y Diputados Federales y Locales.