De seis a treinta años de prisión y multa de hasta tres mil días de salario, serían las penas para las personas que abusen sexualmente de menores de edad, esto de aprobarse la iniciativa de reforma al Código Penal de Veracruz, presentada durante la sesión ordinaria de este jueves por el diputado integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), Bingen Rementería Molina.
En la exposición de motivos de la reforma el artículo 190 Quater y la denominación del título V Bis del referido ordenamiento se señala que la misma obedece a exhorto realizado por el Senado de la República, para incrementar su penalidad, con el fin de ejemplificación, y de esta manera buscar un prevención general positiva.
El legislador por el blanquiazul, en nombre de sus compañeros de bancada, refirió en la tribuna que para no crear un prevención general positiva abusiva, y toda vez que el delito de pederastía se considera aún más grave que este nuevo tipo penal, es que el tiempo mínimo y máximo para la cuantificación de la penalidad, será de seis a doce años.
«Para ello se debe considerar, que por abuso infantil se entiende cualquier interacción entre un niño y un adulto, en donde el menor es utilizado para estimular sexualmente al abusador o a un observador. Pudiendo involucrar o no, contacto físico entre el activo y el pasivo», puntualizó.
Adicionalmente, propuso aplicar de seis a doce años de prisión y multa hasta de dos mil unidades de medida y actualización a quien sin llegar a la cópula o a la introducción vaginal, anal u oral, abuse sexualmente de un niño, niña o adolescente, o lo obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, de manera pública o privada.
Rementería Molina definió el acto sexual, como los tocamientos corporales voluntarios, así como la exhibición de los órganos genitales, ambas conductas con finalidades lascivas.
El abuso sexual en personas menores de edad, precisó, es una de las formas más graves de violencia y conlleva efectos devastadores en la vida de los niños, las niñas y los adolescentes que lo sufren. De ahí la importancia de la intervención del Estado para prevenir se siga cometiendo semejantes actos, así como, para castigar a aquellos que realicen dichas violaciones.
Indicó que todo niño puede ser víctima de abuso sexual, independientemente de su género, estado físico, trasfondo socioeconómico, familiar o cualquier otro aspecto de su vida. Al igual, cualquier persona puede ser el perpetrador, por ello no es válido ceñirse a estereotipos puesto que siempre se deberá tener la suspicacia
para no desapercibir las posibles agresiones.
El panista propuso también que a los partícipes de estos delitos que tengan una relación de parentesco consanguíneo, por afinidad o civil con niñas, niños, adolescentes o incapaces víctimas de estos delitos, o a quienes ejerzan autoridad sobre éstos o habiten en el mismo domicilio, aun cuando no tengan parentesco, se les impongan de diez a veinte años de prisión, multa hasta de setecientos días de salario e inhabilitación para el ejercicio de los derechos de patria potestad, tutela, curatela o custodia y, en su caso, se les privará de todo derecho sobre los bienes del ofendido.
Añadió que las sanciones se aumentarán en una mitad, cuando el delito sea cometido con violencia.
Finalmente, reseñó que si el sujeto activo se valiere de su función pública, profesión u oficio, además de las penas previstas, se le suspenderá del ejercicio de éstos y, en su caso, se le destituirá e inhabilitará para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, por un tiempo de tres a diez años.