Al menos cuatro de los 30 trabajadores del Organismo Público Local Electoral (OPLE) que promovieron un recurso de apelación ante el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) por las modificaciones que se realizaron al reglamento de las relaciones laborales, fueron despedidos desde el pasado lunes.
Y es que los inconformes impugnaron los cambios hechos el pasado 21 de diciembre, que según ellos, les eliminó diversas prestaciones que integran la remuneración que se genera de la relación empleado-patrón, siendo principalmente el otorgamiento de un bono del 50 por ciento de una quincena, durante el periodo que dure la organización del proceso electoral.
Además, que sería la Junta General Ejecutiva del OPLE, presidida también por el consejero José Alejandro Bonilla Bonilla, la que decidieron de cuánto sería el bono extra y a quiénes se les otorgaría, lo cual despertó la inconformidad de los empleados que firmaron el recursos que presentaron ante el TEV.
De primera mano, Versiones.com.mx conoció que se trata de un empleado de la Unidad Técnica de Comunicación Social, que tenía 15 años prestando sus servicios en el organismo; otro del área jurídica con 21 años de trayectoria y dos más con ocho y seis años de servicio, respectivamente.
El argumento para despedirlos, les dijeron, en el caso de unos eran por acumular muchos retardos, aunque nunca les levantaron actas administrativas y a los otros por atentar contra la institución, cuando afirmaron, lo que buscaron fue que se les respetaran sus prestaciones ganadas.
Cabe recordar que ayer viernes, los magistrados del TEV declinaron su competencia para conocer de la demanda que presentaron diversas personas que se ostentaron como trabajadores al servicio del OPLE, pues corresponde al Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado resolver las controversias laborales que se susciten entre los organismos autónomos del Estado y sus trabajadores.
Aunque previamente, el magistrado instructor, Javier Hernández Hernández, recibió un oficio firmado por el secretario ejecutivo, Hugo Castro Bernabé, sobre el desistimiento de algunos empleados que primeramente habían firmado la impugnación, a lo cual le respondió que él tenía personalidad jurídica para actuar en defensa del OPLE, más no de la contraparte actora.
Al respecto, los inconformes afirmaron que el referido funcionario los citó y los obligó a desistirse de la rúbrica; sin embargo, no todos aceptaron su pretensión, motivando el despido y hostigamiento laboral.





