Valida TEV coalición PAN-PRD para elecciones municipales

Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), declararon como válida la coalición “Contigo el cambio sigue”, signada entre los Partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) para las elecciones municipales del 4 de junio.

En sesión pública, los integrantes del pleno jurisdiccional declararon como infundados los agravios hechos valer por los Partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), entre los que señalaron diversas irregularidades cometidas por los institutos para constituir su alianza.

Ambos quejosos afirmaron que el blanquiazul y el sol azteca violaron los artículos 134 de la Constitución Política Federal y 79 de la Local, que les prohíbe hacer uso de programas sociales con fines electorales, esto al utilizar en el nombre de la coalición, palabras que guardan relación con un supuesto programa social del gobierno estatal.

Y es que señalaron que el llamarse “Contigo el cambio sigue”, guarda parecido con un programa social estatal llamado “Veracruz comienza contigo”, esto con la intención de beneficiarse elecroralmente en el proceso comicial para renovar las 212 alcaldías del estado.

Al respecto, Javier Hernández Hernández, magistrado ponente del proyecto avalado por unanimidad de votos, recordó que tanto la Sala Regional Xalapa como la Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) han sostenido que los institutos políticos no tienen prohibido el uso de palabras, así tengan semejanza con programas sociales.

Por lo que solamente tienen prohibido hacer uso de esos programas sociales para incidir de manera ilegal en los procesos comiciales, generando coacción de voto hacia los ciudadanos que resultan favorecidos con la ayuda brindada por las autoridades gubernamentales.

Los impugnantes también se dolieron de que el Organismo Público Local Electoral (OPLE) les haya aprobado la coalición, cuando los convenios fueron firmados por distintos funcionarios de klsus Comités Ejecutivos Nacionales y no los Directivos Estatales y que en el caso del PRD, en vez de entregar un documento original, entregó una copia certificada por una instancia intrapartidaria y no por un notario público.

Sobre este último aspecto, los togados señalaron que si el área interna del partido está legilitimado para certificar la documentación generada por éste, se cumple lo establecido por la Ley General de Partidos Políticos, sobre la entrega de documentos en copias certificadas.

Por último el PRI aseveró que la designación de Jesús Alberto Velázquez Flores, como presidente estatal del sol azteca, se dio mediante violaciones a sus estatutos.

A lo cual, los integrantes del tribunal respondieron que el tricolor carecía de interés jurídico para controvertir actos de otros partidos, pues ello sólo lo pueden hacer los militantes, además de que su nombramiento no le afectaba directamente al Revolucionario Institucional.