La Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática (PRD) ratificó la candidatura de Ana Miriam Ferraéz Centeno, a la alcaldía de Xalapa por la Coalición “Veracruz el cambio sigue”, firmada con el Partido Acción Nacional (PAN).
Esto luego de declarar improcedente la impugnación interpuesta por el priista David Velasco Chedraui, a quien originalmente el Consejo Estatal del sol azteca le había otorgado la nominación, para luego quitársela el Comité Ejecutivo Nacional (CEN).
Con esta decisión, Ferraéz Centeno afianza su posibilidad de competir por la presidencia municipal capitalina, por lo que mañana al mediodía acudirá a la sede central del Organismo Público Local Electoral (OPLE) a oficializar el registro de su planilla.
Velasco Chedraui se inconformó ante el órgano intrapartidario luego de que el pasado 27 de marzo, el CEN del PRD, le corrigió la plana al Consejo Estatal y determinó que Ana Miriam Ferraéz sería su candidata a la alcaldía xalapeña.
Ese día y sesión extraordinaria, el órgano de dirección nacional resolvió atraer la designación de la candidatura a presidente municipal en Xalapa, para cumplir así con el principio de paridad horizontal.
Ello, se precisó en la decisión del CEN, “en virtud de existir una sobre representación del género masculino incumplimiendo con ello el convenio de coalición (con el PAN)”.
En el resolutivo segundo del acuerdo firmado por la entonces líder nacional del sol azteca, María Alejandra Barrales, se estipuló que, “en virtud de las consideraciones expuestas, así como la votación hecha por los integrantes de este instituto político, se designa a la C. Ana Miriam Ferraéz, como candidata a presidenta municipal de Xalapa”.
La Comisión Nacional Jurisdiccional resolvió la inconformidad del priista la noche de este viernes, luego de que el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) el miércoles pasado, declarara que había sido omisa al no dar contestación a la queja intrapartidaria interpuesta por él.
Los magistrado consideraron que la instancia interna vulneró su derecho a una justicia pronta, expedita y efectiva contemplado en el artículo 17 de la Constitución Federal, por lo que le dieron tres días, contados a partir de notificación de esta sentencia, para que desahogue la querella interpuesta por el priista.
“Se declara fundado el agravio pues en el informe circunstanciado enviado por esa Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD se aduce que el escrito de queja presentado por David Velasco Chedraui se encuentra en estudio, sin justificar por qué no se ha pronunciado en torno al mismo”, se especificó en el fallo del Tribunal de fecha 19 de abril.
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