A nombre del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI) el diputado Emiliano López Cruz presentó una iniciativa que prevé reformar los artículos 27, 29, 30 y 31 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo a fin de fomentar la libre expresión de ideas de las corrientes políticas en el Congreso, así como coadyuvar con los trabajos legislativos en esta Soberanía.
En la segunda sesión ordinaria, del segundo periodo de la LXIV Legislatura, el diputado propuso modificar la ley para indicar que un grupo legislativo se integrará con al menos tres diputados y sólo podrá haber uno por cada partido político que cuente con diputados en el Congreso.
El grupo legislativo se constituirá en la primera sesión ordinaria del primer año de ejercicio constitucional de la Legislatura de que se trate, con los diputados provenientes de un mismo partido político y, a efecto, cada grupo legislativo deberá entregar a la Secretaría General el Acta en la que conste la decisión de sus miembros de constituirse en Grupo, con especificación del nombre del mismo y lista de sus integrantes.
Los grupos legislativos, con base en la similitud de sus agendas o en la comunión de sus principios políticos e ideológicos, podrán formular acuerdos que se traduzcan en la conformación de mayorías parlamentarias para la presentación de propuestas comunes de agenda legislativa, iniciativas de ley o decreto, puntos de acuerdo y exhortos.
La Junta de Coordinación Política, de conformidad con el número de Diputados de cada Grupo Legislativo, acordará la asignación de recursos, locales y subvenciones, de conformidad con las disposiciones presupuestales aplicables. Adicionalmente a esas asignaciones, la Junta de Coordinación Política dispondrá una subvención mensual para cada Grupo Legislativo, integrada por una suma fija de carácter general y otra variable, en función del número de diputados que los conformen.
La cuenta anual de las subvenciones que se asignen a los Grupos Legislativos se incorporará a la Cuenta Pública del H. Congreso del Estado de Veracruz, para efectos de la fiscalización y rendición de cuentas procedente, en términos de ley respectiva.
La ocupación de los espacios y las curules en el Salón de Sesiones se hará de forma que los integrantes de cada Grupo Legislativo queden ubicados en un área regular y continua.
A los Diputados que no se inscriban o dejen de pertenecer a un Grupo Legislativo sin integrarse a otro existente, se les guardarán las mismas consideraciones que a todos los legisladores, y se les apoyará conforme a las posibilidades del Congreso, para que puedan desempeñar sus atribuciones de representación popular; pero, en caso de que éstos decidieren agruparse, podrán formar excepcionalmente un grupo legislativo de carácter mixto o independiente.
Dicha iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Gobernación.