Confirma TEV triunfos del PAN-PRD en La Antigua y de Morena en Río Blanco

Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) desestimaron los alegatos expuestos en contra de las elecciones de las alcaldías de La Antigua y Río Blanco, y en consecuencia confirmaron los resultados que dieron el triunfo a la coalición «Veracruz el cambio sigue» y al Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), respectivamente.

Y es que en la primera demarcación, el Partido Encuentro Social (PES) controvirtió la validez de los comicios, los resultados y la entrega de la constancia de mayoría a Hugo Castro Rosado, abanderado de la alianza conformada por los Partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).

En el recurso presentado ante el TEV, el inconforme presentó diversas causales para solicitar que se anulara la elección, entre las que destacan que el pasado 4 de junio, personas distintas a las elegidas para ser funcionarios de casilla, recibieron la votación o que varias casillas abrieron fuera del horario fijado en la ley.

Pero los integrantes del pleno desecharon esas aseveraciones al igual que los dichos sobre que en una casilla había discrepancias en las cifras del acta de escrutinio y cómputo, por lo que confirmaron los resultados de dicha elección y la victoria de Castro Rosado.

En el mismo sentido se pronunciaron con relación a la elección de Río Blanco, donde David Velásquez Ruano, de Morena, conquistó la preferencia de los ciudadanos, a pesar de que el PAN denunció supuestas anomalías en su impugnación y por ende solicitó que se revocara la entrega de la constancia de mayoría.

«Por la supuesta recepción de la votación por personas distintas a las facultadas y haber mediado error y dolo en el escrutinio y cómputo (…) se propone declarar inoperante por un lado e infundado por la otra los motivos de discenso hechos valer por el partido actor», se detalló en el proyecto, que finalmente fue aprobado por unanimidad.

Por otra parte, los magistrados locales desecharon la solicitud de Morena de un recuento total y parcial de la elección de Córdoba, pues la causal que presentó para que se lleve a cabo el procedimiento, no está prevista en el Código Electoral local, sino en el Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).

Al respecto, se explicó que el partido incidentista pidió que se abrieran todos los paquetes, alegando que la cantidad de votos nulos era mayor que la diferencia entre el primer y segundo lugar, pero al no estar este supuesto expreso en la legislación estatal, no era procedente aceptar su petición.

Otro incidente de recuento que no procedió fue el de la elección de Soteapan, solicitado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).