Revoca Sala Xalapa del TEPJF sentencia del TEV que confirmó elección de Mecatlán

Al resolver el juicio de revisión constitucional promovido por el Partido del Trabajo (PT), los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron la sentencia emitida por el Tribunal Electoral Veracruz que confirmó la declaración de validez de la elección de integrantes del ayuntamiento de Mecatlán, así como la entrega de la constancia de mayoría correspondiente a la fórmula de candidatos postulada por el Partido Nueva Alianza.
 
Y es que se calificó como fundado el agravio relativo a la falta de exhaustividad de la sentencia impugnada, en razón de que, como lo afirmó el actor, el Tribunal Electoral local no analizó los planteamientos hechos valer a la luz de la causal de nulidad de la elección por violación a los principios que rigen todo proceso electivo.
 
“Del análisis de la resolución combatida se advierte que la responsable únicamente estudió las causales de nulidad de votación recibida en la casilla 2376 básica; no obstante, en la demanda del recurso de inconformidad local el hoy actor esgrimió argumentos relacionados con que en dicha elección existieron irregularidades que, desde su punto de vista, configuran la causal de nulidad de la elección por violación a principios constitucionales”, abundó.
 
De ahí que, al resultar fundado el agravio relativo a la falta de exhaustividad, se revoca la sentencia impugnada, únicamente para el efecto de que el Tribunal Electoral de Veracruz dicte una nueva en la que se pronuncie respecto a los planteamientos relacionados con la citada causal de nulidad de la elección, para lo cual, deberá valorar de forma individual y conjunta el acervo probatorio que obra en el expediente.