Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvieron imponer una multa de 5 mil 435.28 pesos a Movimiento Ciudadano (MC) y de 2 mil 717. 64 pesos a su ex candidata a la alcaldía de Chocamán, Rocío González Ortega, por haber incurrido en actos anticipados de campaña.
Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador promovido por el Partido del Trabajo (PT) y el ex candidato independiente a ese ayuntamiento, quedó acreditado que mandó a pintar una barda, misma que permaneció 36 días expuesta, a pesar de que la precampaña ya había terminado.
Aunque en relación a las supuestas reuniones llevadas a cabo en una “casa de campaña” desde el mes de enero, éstas se tuvieron por no acreditadas.
El PT y el ex abanderado ciudadano denunciaron la existencia de cuatro bardas, pero el TEV determinó que éstas no constituían un acto anticipado, pues si bien contenían propaganda electoral, su certificación se realizó cuando habían terminado las campañas y en un domicilio no se constató la existencia de ningún tipo de propaganda.
Sin embargo, en un domicilio se pudo acreditar la pinta de una barda con propaganda del periodo de precampaña, cuestión que se concatenó con la prueba presentada por el quejoso, la certificación que realizó el OPLE y la confesión de los denunciados, en la que refieren que efectivamente dicha propaganda permaneció desde el 27 de marzo al 1 de mayo, es decir, 36 días.
«Por lo tanto, se tiene por acreditado el ilícito de acto anticipado de campaña», concluyeron los integrantes del pleno jurisdiccional.
Por cuanto hace al argumento de la ubicación de la casa de campaña, con publicidad al exterior, se constató que se encontraba ubicada en la calle Nicolás Bravo, y ésta estaba considerada en el acuerdo del Consejo Municipal de Chocamán, como dentro del primer cuadro de la ciudad, en la que los actores políticos se abstendrían de colocar propaganda, de ahí que se tuviera por acreditada la infracción.
Derivado de lo anterior y respecto a la propaganda pintada en la barda, se determinó la conducta como grave ordinaria, toda vez que se vulneró el principio de equidad, y por tal motivo se multó a la ex candidata con 2 mil 717.64 pesos y al MC por la cantidad de 5 mil 435.28 pesos.
Finalmente y respecto a la violación en cuanto a la ubicación de la casa de campaña con propaganda al exterior en el primer cuadro de la ciudad, la infracción se calificó como leve, y se impuso a los denunciados una amonestación pública.




