Ordena TEPJF al TEV admitir impugnación de Morena por contratación de particular para monitorear a medios

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinaron que el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), actuó indebidamente al desechar la impugnación presentada por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), en contra del acuerdo del Organismo Público Local Electoral (OPLE), por el que se determinó contratar a un particular para el monitoreo a medios.

Por unanimidad votos, los integrantes del máximo ente jurisdiccional comicial del país, concluyeron que el TEV debió admitir la queja del partido de izquierda y no desecharla sin analizar a fondo los alegatos que exponía en el recurso de apelación.

Morena se opuso a que el monitoreo a medios de comunicación electrónicos, impresos, digitales, alternos, cine, radio y televisión lo llevara a cabo un tercero, razón por la cual se inconformó ante el tribunal veracruzano, pero éste se abstuvo de discutir sus argumentos.

“El tribunal local indebidamente desechó el recurso de apelación al estimar que el mismo fue presentado de manera extemporánea, lo cual, contrario a lo resuelto por el TEV, no se tiene certeza el momento en que se hizo del conocimiento de Morena el acuerdo impugnado del OPLE”, refiere la sentencia.

Se añade que si bien el representante de Morena ante el Consejo General tenía conocimiento del proyecto de acuerdo, previo a su votación se realizó una modificación para agregar que las instituciones de educación superior serían consideradas como personas morales para efectos del monitoreo mencionado.

“Bajo esta perspectiva, no operó la notificación automática y tampoco existe constancia de que se haya notificado al partido actor, el acuerdo en los términos que fue emitido”, se acota.

En razón de lo anterior, el TEV deberá darle curso al recurso de apelación de Movimiento de Regeneración Nacional y analizar sus alegatos.