Por violar normas de propaganda electoral, amonesta TEV a MC y a su ex candidato en Tlapacoyan

Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), amonestaron públicamente al Partido Movimiento Ciudadano (MC) y a su ex candidato a la alcaldía de Tlapacoyan, Emiliano Pérez Murrieta, por incurrir en una violación a las normas sobre propaganda político electoral y por culpa invigilando.

En la sesión pública de este viernes, los togados resolvieron un Procedimiento Especial Sancionador, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), quien acusó la existencia, entre el 3 y 5 de mayo pasado, de logotipos de MC en las bardas perimetrales del campo de fútbol de la Congregación de Eytepequez, de San Pedro y el Jobo, perteneciente al municipio de Tlapacoyan.

Lo que a su juicio constituía una promoción directa hacia la imagen del candidato a presidente municipal y una ventajosa intención de posicionamiento entre el electorado; violentándose los principios de equidad, imparcialidad y legalidad.

Ante ello, los integrantes del pleno declararon la existencia de la infracción atribuida a Pérez Murrieta, así como a Movimiento Ciudadano, imponiéndoles una sanción consistente en amonestación pública.

Por otro lado, los magistrados del TEV determinaron que las autoridades de Chontla no violaron el principio de imparcialidad, tal como acusó el blanquiazul en otro Procedimiento Especial Sancionador (PES).

Y es que en el análisis de su queja, concluyeron que la carga de la prueba le correspondía al denunciante y tenía la obligación de aportar los elementos suficientes y necesarios, al culpar a funcionarios de ese municipio.

Y es que el PAN denunció que autoridades municipales de Chontla incurrieron en una supuesta violación al principio de imparcialidad en el uso recursos públicos, al difundir la entrega de un camino rehabilitado y reconocimientos a participantes del carnaval municipal, además de la inauguración de una feria de la salud y de un evento del Día del Niño, supuestamente para tratar de favorecer a los entonces candidatos del PRI en las elecciones municipales.

Al estudiar el asunto, el Tribunal Electoral de Veracruz determinó que el quejoso no cumplió con la carga probatoria y que si bien los eventos se realizaron, no se acreditó el uso indebido de recursos públicos. “A partir de las pruebas, se identificó que su difusión se apega a los límites de la propaganda gubernamental y que corresponde a actividades propias de la administración municipal”, se resolvió.