Determina TEPJF que partidos deberán devolver prerrogativas que no usen o comprueben en qué las usaron

Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinaron que a partir de este año, los partidos deberán devolver los remanentes del financiamiento público entregado por el Instituto Nacional Electoral (INE), para actividades ordinarias y específicas que no hayan sido comprobados, utilizados o devengados durante el ejercicio fiscal.
Ello al confirmar, por mayoría de votos, el Dictamen Consolidado y la Resolución del INE respecto a las irregularidades encontradas en la revisión del Informe Anual del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), correspondiente a 2016.
En el proyecto de la ahora sentencia, se estipuló que Morena planteó que al emitir las resoluciones derivadas de las irregularidades detectadas en la revisión de los informes anuales de los partidos nacionales y locales de 2016, el INE omitió requerir a todos los partidos políticos el reintegro del remanente no ejercido del financiamiento público para gasto ordinario y actividades específicas.
En ese sentido, el pleno jurisdiccional indicó que de la interpretación armónica del marco legal, se concluye que los partidos políticos son sujetos obligados por las normas presupuestales y hacendarias, y que el Constituyente (Poder Legislativo), les asignó la calidad de entidades de interés público.
“Por ello, los recursos derivados del financiamiento público de los partidos se rigen por los principios que regulan el gasto público, como los de economía, austeridad, racionalidad y anualidad del presupuesto”, se precisó en el fallo emitido la noche de este viernes.
La Sala Superior del TEPJF consideró que los partidos políticos, en tanto ejecutores de gasto, se encuentran obligados a realizar los reintegros de los remanentes, ya que estos no están contemplados entre las excepciones que el Congreso de la Unión señaló en las leyes hacendarias y presupuestales.
“No hacerlo así, implicaría permitir que los partidos ejerzan recursos para fines distintos a los constitucionalmente previstos, lo cual los alejaría de la transparencia presupuestaria con la que deben conducirse quienes reciben recursos públicos”, se reiteró.
De allí que los integrantes del máximo tribunal electoral del país, ordenaron al INE crear los lineamientos que incluyan los procedimientos para el cálculo, determinación, plazos y formas en los que deberán devolverse los remanentes de financiamiento público ordinario permanente y de actividades específicas no devengados o no comprobados, para que sean reintegrados al erario público.