Las personas que cometan el delito de suplantación de identidad serán condenadas a penas de uno a ocho años de prisión y a una multa de mil a 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Ello luego de que este martes, los diputados del Congreso local, con 41 a favor, aprobaran el decreto que adiciona los artículos 28 bis y 283 ter, el capítulo V y el título XIII del Código Penal para el Estado de Veracruz.
El cambio establece que comete el delito de suplantación de identidad quien se atribuya por cualquier medio la identidad de otra persona u otorgue su consentimiento para llevar la suplantación de su identidad, produciendo con ello un daño moral o patrimonial u obteniendo un lucro o un provecho indebido para sí o para otra persona.
Se precisa que serán equiparable al delito de robo de identidad y se impondrán las mismas penas al que por algún uso de los medios informáticos o electrónicos, suplante identidades, con el propósito de generar un daño patrimonial o moral u obtener un lucro indebido para sí o para otro; a quien transfiera, posea o utilice, sin autorización, datos personales para favorecer cualquier actividad ilícita, y a quien, a través de internet o cualquier otro medio de comunicación, suplante la identidad de una persona física o jurídica que no le pertenezca.
Serán sancionadas las personas que porten o utilicen para identificarse un documento expedido por autoridad nacional o extranjera, alterado o no, para suplantar la identidad de su titular, y a quien use claves bancarias o de banca electrónica sin la autorización de su titular u obtenidas de forma ilegal, para obtener un beneficio propio o para algún tercero.
Las modificaciones al Código Penal derivan de la iniciativa presentada por el panista, Bingen Rementería Molina, quien en ese entonces señaló que en 2011 la Condusef atendió 4 mil quejas por suplantación de identidad, y cuatro años después (2015), la cifra incrementó a 10 mil.
Mencionó que dicha situación se agrava, toda vez que las disposiciones fiscales obligan al uso de la tarjeta de crédito o débito para el pago de insumos para los negocios o gasolinas, a fin de hacerlos deducibles.
El diputado reconoció que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); el Instituto Nacional Electoral (INE); el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre otros, están sumando esfuerzos para combatir la suplantación de identidad, por lo cual era necesario legislar y tipificar este delito.