El consejero electoral y presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del OPLE, Iván Tenorio Hernández, manifestó que los cabildos de los Ayuntamientos tienen la facultad de establecer acuerdos en los que limiten la colocación de propaganda política en los centros históricos o primer cuadro de sus respectivas cabeceras municipales.
Al ser cuestionado sobre el incidente entre militantes de Morena y la alcaldía de Orizaba, por la instalación de un módulo partidista en el parque central, estando prohibido no sólo por decisión de la comuna, sino por la normatividad que rige a los pueblos mágicos; expuso que si bien los institutos políticos y candidatos tienen derecho a colocar propaganda, ello no puede hacerse manera indiscriminada.
Aclaró que hay lugares que se encuentran prohibidos para colocar propaganda, como algunos equipamientos urbanos, cuando se impide visibilidad, se ponen en peligro a los peatones o que generen accidentes orográficos.
Tenorio Hernández señaló que habrá que analizar el caso concreto de Orizaba, para determinar si se incurre en una violación a la ley, con la colocación de una carpa en la que se reparten volantes y se invita a la ciudadanía a afiliarse a Morena.
“Habría que revisar a fondo cuál fue la situación allí o bien, también checar alguna otra normatividad, por ejemplo, la que rige los pueblos mágicos, si efectivamente en ese cuadro no está permitido colocar propaganda político electoral y ver quién tiene la razón”, insistió.
Dijo que hasta el momento, al OPLEV no ha llegado alguna queja al respecto o se ha notificado de los ocurrido en esa demarcación, pero prevé que en los próximos días se presente. “Y ahí nosotros tendremos que ver a quién le corresponde el derecho”, ahondó.
“Habría que ver en específico sobre el primer cuadro de la ciudad, si está prohibido colocar propaganda, y si es así y se coloca por parte de algún partido, pues evidentemente se puede interponer una denuncia y en dado caso de acreditarse, si se podría determinar una sanción”, mencionó una vez más.
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