Amplía Congreso delitos informáticos en el Código Penal

El pleno del Congreso Local, con 42 votos a favor y una abstención, amplió los delitos informáticos en el Código Penal de Veracruz, destacando los cometidos por aquellos ex funcionarios que indebidamente obtengan, copien, utilicen o destruyan información concerniente al Estado e instituciones de seguridad pública.

La modificación a la referida normatividad, que proviene de la iniciativa de la diputada Judith Pineda Andrade, incrementa la sanción a quien cometa este delito, pasando de 6 meses a 2 años de prisión y multas de 300 días de salario a penas de 2 a 5 años de prisión y multa de 200 a 600 Unidades de Medida y Actualización.

Las nuevas sanciones aplican a quien sin autorización modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en sistemas o equipos de informática del Estado, protegidos por algún mecanismo de seguridad.

También a quien sin autorización conozca, copie o utilice información contenida en sistemas o equipos de informática del Estado, protegidos por algún mecanismo de seguridad, imponiéndosele de uno a tres años de prisión y de cien a 300 UMAs.

Adicionalmente a quien sin autorización conozca, obtenga, copie o utilice información contenida en cualquier sistema, equipo o medio de almacenamiento informáticos de seguridad pública, protegido por algún medio de seguridad, recibirá una pena de cuatro a diez años de prisión y multa de 500 a mil UMAs.

Si el responsable es o hubiera sido servidor público en una institución de seguridad pública, se impondrá además, destitución e inhabilitación por el mismo periodo.

Además, el Artículo 181 Quater señala sanciones a quien estando autorizado para acceder a sistemas y equipos de informática del Estado, indebidamente modifique, destruya o provoque pérdida de información que contengan, las cuales consisten en penas de 3 a 7 años de prisión y 500 UMAs.

La condena para quien estando autorizado para acceder a sistemas y equipos de informática del Estado, indebidamente obtenga, copie o utilice información que contengan, se le impondrán de 2 a 5 años de prisión y de doscientas a seiscientas UMAs.

Se sancionará a quien estando autorizado para acceder a sistemas, equipos o medios de almacenamiento informáticos en materia de seguridad pública, indebidamente obtenga, copie o utilice información que contengan, con pena de 5 a 15 años de prisión y multa de 600 mil UMAs.

De ser servidor público en una institución de seguridad pública, se impondrá además, hasta una mitad más de la pena impuesta, destitución e inhabilitación por un plazo igual al de la pena resultante para desempeñarse en otro empleo, puesto, cargo o comisión pública.

Finalmente se estipuló que las sanciones previstas en se aumentarán hasta en una mitad cuando la información obtenida se utilice en provecho propio o ajeno; duplicándose cuando la conducta obstruya, entorpezca, obstaculice, limite o imposibilite la procuración o impartición de justicia.