Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, confirmaron las sentencias del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), con las que se desecharon las denuncias promovidas en contra del candidato de la Alianza PAN-PRD-MC a la gubernatura, Miguel Ángel Yunes Márquez y el gobernador Miguel Ángel Yunes Linares.
Por un lado, los integrantes del pleno coincidieron con el fallo del TEV, con el que se concluyó que no quedó acreditada plenamente la asistencia de Yunes Márquez a un evento del abanderado de la misma coalición a la Presidencia de la República, Ricardo Anaya Cortés, celebrado en Medellín de Bravo.
El Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentó un denuncia en contra Yunes Márquez, por actos anticipados de campaña al acudir supuestamente a un mitin de Anaya Cortés, el pasado 6 de abril.
Según la queja, él hizo uso de la voz y un llamamiento al voto, lo que a su consideración constituyeron actos anticipados de campaña. Asimismo, también denunció a los partidos que integran la coalición por culpa in vigilando.
Ante el desechamiento del TEV, el tricolor se inconformó mediante un juicio de revisión, acusando al órgano jurisdiccional local de indebida valoración de las pruebas que presentó para acreditar la asistencia y participación del denunciado.
Pero la Sala Superior determinó que el Tribunal veracruzano m sí realizó una correcta valoración de los medios de prueba existentes al concederles un valor de indicio, los cuales no resultaron suficientes para acreditar la asistencia del candidato denunciado al evento respectivo.
La otra sentencia del TEV que fue ratificada por los magistrados federales, también absolvió al gobernador Miguel Ángel Yunes Linares y a otros funcionario estatales, acusados por el PRI del supuesto uso indebido de recursos públicos, iniquidad en la contienda y presión al electorado para favorecer al abanderado de la alianza PAN-PRD-MC, a través de la entrega de los beneficios del programa social “Veracruz Comienza Contigo”.
Al respecto, los miembros del TEPJF sostuvieron que contrario a lo aducido por el tricolor, los togados locales sí valoraron todas las pruebas aportadas para sustentar sus dichos, las cuales no fueron suficientes para determinar que los denuncias incurrieron en los ilícitos señalados en la denuncia.
“En el evento denunciado se concluyó que se hizo la entrega de los beneficios, pero no se observó que se hiciera propaganda para beneficiar al entonces pre candidato y en los otros casos no se acreditó la entrega de los beneficios del programa”, precisó la Sala Superior en el fallo tomado la tarde de este miércoles.