Determina TEV que Cuitláhuac no incurrió en actos anticipados de campaña

En sesión pública celebrada la tarde este viernes, los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinaron que el ahora gobernador electo, Cuitláhuac García Jiménez, no incurrió en actos anticipados de campañas, previo al inicio de las mismas.

Y es que el Partido Acción Nacional (PAN) acusó al próximo titular de Ejecutivo, quien en su momento era precandidato a gobernador del estado de Veracruz, de la supuesta realización de actos anticipados de campaña, así como en contra del partido político Morena por culpa in vigilando.

El blanquiazul se quejó de la participación de García Jiménez el 18 de enero en el parque central de la cabecera municipal de Omealca, en un evento denominado “asamblea informativa”, organizado por Morena, en el que manifestó supuestas promesas de campaña, violentando con ello el principio de equidad en la contienda.

Y para sustentar su dicho, el PAN aportó un link de una nota periodística, perteneciente al portal digital de noticias “Crónica de Poder.com”, y una documental pública consistente un acta elaborada por la Oficialía Electoral del Consejo Distrital 23; con las cuales, concatenadas, se logró acreditar la existencia del evento, la asistencia del denunciado, así como su participación en este.

No obstante, los integrantes del órgano jurisdiccional declararon la inexistencia de los hechos denunciados, en razón de que, si bien se tiene por acreditado el evento, así como la participación del denunciado en él, no se puede actualizar ninguna conducta contraria a la normativa electoral.

“Toda vez que, del análisis de los elementos temporal, personal y subjetivo, se puede confirmar los dos primeros, es decir, la realización del evento y la presencia del denunciado, sin embargo, no se advierte alguna expresión unívoca e inequívoca, que sea equivalente a una solicitud de sufragio a favor o en contra de alguien, y que tenga como consecuencia una violación a uno de los principios rectores de todo proceso electoral, consistente en la equidad de la contienda”, refiere la sentencia.

Se añadió que el citado discurso no rebasó los límites de la libertad de expresión, ni generó algún posicionamiento indebido, toda vez, que el denunciado se refirió a temas de interés general propios del debate público en la actualidad, sin que tal circunstancia pueda acreditar una promoción a la plataforma electoral de Morena, contenida en su Proyecto Alternativo de Nación 2018-2024, ni mucho menos un acto anticipado de campaña.

Aunado a lo anterior, Cuitláhuac García negó los hechos aducidos y, atendiendo al principio de inocencia que debe regir en este tipo de procedimientos, es que se declaró la inexistencia de las violaciones objeto de la denuncia.