Congreso del Estado autoriza a Chicontepec, Nanchital y Saltabarranca a solicitar créditos bancarios

Con la abstención de los diputados de Morena, el pleno de la Sexagésima Cuarta Legislatura autorizó a los ayuntamientos de Chincontepec, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río y Saltabarranca, por conducto de sus representantes legalmente facultados, a contratar bajo las mejores condiciones del mercado, un crédito con cualquier instituto de crédito o integrante del Sistema Financiero Mexicano.

Dichos municipios podrán solicitar un préstamo hasta por un monto de 23 millones 89 mil 151 pesos; 39 millones 200 mil pesos y 6 millones de pesos, respectivamente, incluidos los gastos y costos relacionados con la contratación, que en su caso financie la institución acreditante. 

Las administraciones de esas demarcaciones podrán utilizar como fuente de pago y/o garantía la afectación de las participaciones que en ingresos federales le correspondan del Fondo General de Participaciones y/o del Fondo de Fomento Municipal; de conformidad con lo establecido en la Constitución Política Federal.

Los recursos que se obtengan mediante la contratación de los créditos autorizados se destinarán a la realización de inversiones públicas productivas, así como cubrir los gastos y costos relacionados con la contratación, que en su caso financie la institución acreditante. 

Los empréstitos, se agrega, deberán amortizarse en su totalidad en un plazo de hasta 10 años, contados a partir de que se ejerza la única o primera disposición del mismo, en el entendido de que los demás plazos, así como los intereses, comisiones y demás términos y condiciones serán los que se establezcan en el contrato que al efecto se celebre. 

Sin perjuicio de lo anterior, el contrato mediante el cual se formalice los créditos,  estará vigente mientras existan obligaciones a cargo de los municipios, y éste se podrá formalizar durante el ejercicio 2018 y/o 2019. 

Además podrán constituir, modificar o adherirse a un fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago existe, y utilizarlo para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del financiamiento autorizado, mediante la afectación de los recursos que procedan de las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales les correspondan.