La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional excluir a las trabajadoras del hogar del régimen obligatorio del Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), y que los patrones no estén obligados a inscribirlas.
Este miércoles, la SCJN aceptó el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán del amparo directo 9/2018, con el que se determinó que no existe alguna razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social, lo cual, consideraron “provoca una discriminación injusta contra dichas trabajadoras”.
“Dejar fuera el trabajo doméstico del régimen obligatorio del IMSS afecta de manera desproporcionada a la mujer, pues estadísticamente la labor del hogar es realizada preponderantemente por ellas (nueve de cada diez empleados del hogar son mujeres, según el Inegi)”, detalló la Corte en un comunicado.
De acuerdo con la SCJN, el trabajo doméstico ha sido tradicionalmente objeto de extensas jornadas, bajos salarios y condiciones lejanas del concepto “trabajo digno”, lo que implide a los trabajadores acceder a prestaciones sociales y generar un proyecto de vida en condiciones igualitarias”.
Por ello, concedió el amparo con el que se hará de conocimiento al IMSS de esa situación discriminatoria, y ordenará que en un plazo prudente (primer semestre de 2019) el Instituto implemente un “programa piloto” que tenga como fin diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar.
Este esquema deberá contemplar facilidades administrativas que les permitan cumplir de manera sencilla y clara las obligaciones patronales, y tendrá que ser de fácil implementación para los patrones, que en su mayoría son amas de casa o padres de familia.
De acuerdo con el amparo concedido, la inscripción no será de carácter voluntario, sino obligatorio.
En un plazo no mayor a 18 meses a partir de la implementación del referido programa piloto, el IMSS deberá proponer al Congreso de la Unión las adecuaciones legales necesarias para la incorporación formal del nuevo sistema especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar.
La Corte estima que en un plazo no mayor a tres años se logrará obtener la seguridad social “efectiva, robusta y suficiente” para todas las empleadas domésticas en el país.
En respuesta, el nuevo director del IMSS, Germán Martínez Cázares, dijo que acatarán inmediatamente la resolución.
“He ordenado a la la Dirección de Incorporación y Recaudación inmediatamente se ponga a diseñar un programa piloto que se hará en los plazos que la Corte ha fijado”, explicó el funcionario.
También dijo haber ordenado al área de Vinculación iniciar un diálogo con organizaciones civiles para hacer un trabajo “integral, puntual y claro” al respecto.
El Amparo Directo 9/2018 fue interpuesto por una trabajadora del hogar que exigió el reconocimiento de prestaciones como indemnización constitucional, pago de salarios caídos, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad y del tiempo extraordinario, así como una inscripción retroactiva ante el IMSS.
Desde hace siete años, México suscribió el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, en favor de las trabajadoras del hogar; sin embargo, este nunca fue enviado al Senado para su ratificación, y continúa sin hacerlo, a pesar de las críticas y exigencias de organizaciones sociales y trabajadoras del hogar.
Este miércoles, la senadora Patricia Mercado informó que recibieron en el Senado a un grupo de trabajadoras del hogar, con quienes se está trabajando una propuesta para reformar la Ley Federal del Trabajo, pues hoy “laboran bajo un régimen de excepción”.