Pese a supuestas irregularidades, Presidencia del Congreso ratifica que 132 ayuntamientos avalaron reforma para remover al fiscal

Pese a los supuestos errores que presentan 72 actas de cabildo, la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, declaró como aprobada por la mayoría de los ayuntamientos de la entidad, el decreto por el que se adicionó la fracción XLIV, del artículo 33 de la Constitución Política de Veracruz, que faculta al Legislativo a designar y remover al fiscal General del Estado.

Y es que en el desarrollo de este punto, en el que la Secretaría General informó que se recibieron 132 actas de Cabildo, de igual número de Ayuntamientos que votaron a favor de la referida modificación constitución; la fracción del PAN pidió revisar los expedientes de cada comuna, para verificar que cumplieran con los requisitos establecidos.

Tras casi dos horas de llevar a cabo esta revisión, la diputada María Josefina Gamboa Torales, quien previamente había solicitado la verificación, sostuvo que en 72 actas existían inconsistencias y en las otras 60, no había plena claridad.

Además pidió que le presentaran los acuses de recibido de los 212 municipios, información que no se encontraba en el expediente, por lo que sostuvo que era necesario saber si todas las demarcaciones habían sido notificabas, pues de lo contrario el procedimiento estaría viciado de legalidad.

Diputados de Morena salieron en defensa del informe y del proceso de reforma constitucional aprobada el pasado 6 de diciembre, desacreditando los señalamientos de su homóloga del blanquiazul.

Cabe indicar que en el documento se especifica que los Ayuntamientos que no aprobaron dicho decreto son: Actopan, Álamo, Apazapan, Boca del Río, Citlaltépec, Coxquihui, La Antigua, Las Choapas, Lerdo de Tejada, Martínez de la Torre y Yecuatla.

Los cambios a la Carta Magna estatal fueron propuestos por el diputado Víctor Emmanuel Vargas Barrientos y aprobados por la mayoría del parlamento, con el rechazo del PAN y con estos se busca remover a Jorge Winkler Ortiz, si “fuese necesario para salvaguardar el interés público y social de la sociedad Veracruzana”.

Al exponer su propuesta, el legislador morenista señalaba que la facultad del Poder Legislativo tenía “una participación acotada en el proceso de designación y remoción del titular de dicho Organismo Constitucional, como se advierte en el Artículo 67, párrafo 3, fracción I, inciso d)”.

Aseveraba que la potestad del Congreso se reducía, “al simple atestiguamiento del Informe de actividades que rinde el Fiscal General ante los Poderes Legislativo y Ejecutivo; y de coacción, al otorgarse este Poder Público del Estado, como fuerte atribución la exigencia Constitucional de llamar al Fiscal General a comparecer ante el Congreso, cuando este lo requiera, sin posibilidad de hacer valer su esencia Soberana, cuando a juicio de ese cuerpo Legislativo lo estime oportuno”.

Pero insistía que el Parlamento “no guardó para sí, la facultad de remoción, cuando fuese necesario para salvaguardar el interés público y social de la sociedad Veracruzana, en función como legítimos representantes del pueblo, dentro de las atribuciones que la Constitución Política del Estado de Veracruz, otorga al Congreso del Estado”.