Superdelegados que deseen ser candidatos a gobernadores deberán separarse del cargo tres años antes, propone diputada de MORENA

La diputada Claudia Yáñez Cabrera de Morena presentó una iniciativa de reforma constitucional para establecer restricciones a los 32 delegados estatales de Programas para el Desarrollo, adscritos a la Secretaría de Bienestar, que busquen ser candidatos a puestos de elección popular, tales como gobernador, senador o diputado local o federal.
En tribuna, la diputada morenista señaló que se debe establecer que tanto los delegados estatales como el coordinador general de Programas para el Desarrollo deben de separarse de su cargo si buscan contender en un proceso electoral, con un periodo de antelación específico.
Es decir, en el caso de que busquen participar como candidatos a gubernaturas de los estados, se debe establecer en el artículo 116 constitucional que estos funcionarios federales tienen que separarse de sus funciones tres años antes del día de la elección, certificando que no se malversarán electoralmente los recursos humanos, financieros e informativos.
Mientras que en la búsqueda de convertirse en candidatos a diputados locales o federales y senadurías, se debe reformar el artículo 55 de la Carta Magna para estipular que deben separarse de sus cargos un año antes del día de las elecciones, certificando que no se malversarán electoralmente los recursos.
Así como subrayó que los cargos de coordinador general y de delegados estatales tienen acceso directo a recursos públicos, información privilegiada y a bases de datos o padrones de beneficiarios de los programas sociales que están bajo su responsabilidad.
Con el tiempo las designaciones a estos cargos públicos, y por el manejo de los padrones de beneficiarios, pueden ser piezas políticas manipuladas por los partidos políticos para favorecer e influir en posibles candidaturas, como aspirantes a gubernaturas, senadurías, diputaciones locales y federales, debido a que no existen en la actualidad mecanismos de control y restricción legal
Además, indicó que el artículo 41 constitucional establece que se deben garantizar los criterios para que los partidos políticos cuenten de manera equitativa con elementos suficientes para llevar a cabo sus actividades, sin ventaja sobre los demás candidatos.
“En este contexto, es necesario que tanto el coordinador general de Programas para el Desarrollo, como los delegados de programas, cuenten con mecanismos legales para contender con alguna gubernatura, senaduría, diputación local o federal, tomando en cuenta que se encuentra ventajosamente favorecido ante sus adversarios políticos por el posible uso indiscriminado de los padrones de beneficiarios de los programas sociales”, destacó.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y dictaminación.
(La silla rota)