Ni violencia de género ni política contra la Síndica de Coatza, determina TEV

El pasado 18 de marzo del 2020, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) calificó como infundados e inoperantes los agravios por violencia política y de género que supuestamente el alcalde de Coatzacoalcos, Víctor Carranza Rosaldo, habría realizado en contra de la síndica única, Yazmín Martínez Irigoyen.
De acuerdo con la resolución del TEV en su expediente TEV-JDC-952/2019, se declararon como infundados e inoperantes los presuntos agravios realizados contra Martínez Irigoyen en la violación de su derecho a ejercer y desempeñar su cargo público, así como la comisión de actos de constituirían violencia política en razón de género.
En el oficio, la síndica presentó un juicio para la protección de los derechos político-electorales, así como actos que constituyen violencia política y de género, donde se determinó que en relación a la evidencia proporcionada no existían pruebas para acreditar que estuviera en riesgo su vida o su integridad física o psicológica.
En primera instancia, las pruebas emitidas que la síndica proporcionó para acreditar las supuestas amenazas de muerte eran notas periodísticas que reflejaban la postura de un legislador local y de la propia denunciante, reflejando opiniones y no una acción concreta que pusiera en riesgo su vida, determinándose así que no era suficiente para aplicar alguna medida cautelar.
En cuanto a la supuesta violación al derecho de ser votada, y del derecho de ejercer y desempeñar cargos públicos, la síndica denunció falta de instrumentos de trabajo, así como poco personal y despido de algunos de sus colaboradores, puntos que también fueron calificados como infundados e inoperantes.
Y es que con la evidencia, el TEV determinó que no se cuenta con irregularidades para surtir de insumos la sindicatura y no existe evidencia de que se le hayan negado materiales a través de requisiciones, tal y como lo denunció Martínez Irigoyen.
Respecto al personal con el que opera la sindicatura, Martínez Irigoyen aseguró cuenta con sólo ocho personas para realizar las múltiples tareas que se llevan a cabo en esta oficina, y aunado a eso, se dio el despido de Rouvier Ramírez Rodríguez, notificado a través del expediente CM-RES-012/2019, al igual que el único asesor jurídico con el que contaba, reduciendo aún más su plantilla laboral.
Sin embargo, el Ayuntamiento sostuvo que sólo se dio de baja a dos personas de la sindicatura: a Guillermo Alejandro Zamudio Ayala, quien presuntamente litigaba en contra del ayuntamiento; y a Rouvier Ramírez Rodríguez, suspendido por acoso sexual y por tener dos empleos de forma simultánea, además de no asistir a su jornada completa de labores en el municipio.
Además, se acreditó que ha contado con más personal del que reportó ante el TEV, pues en 2018 tuvo a su cargo a 15 empleados y en 2019 a 23.
Tras el dictamen, se desechó la versión de la síndica Yazmín Martínez Irigoyen de sufrir violencia de género y política, además de, presuntamente, ser minimizada en sus funciones, pues también se aclaró que de manera puntual ha sido notificada de las sesiones de cabildo efectuadas por el gobierno municipal.
En el fallo del tribunal instruyó al Ayuntamiento que responda a la Síndica mediante la contraloría municipal.