¡Sin multas! CDMX da plazo para pagar impuestos ante contingencia

A partir del 23 de marzo y hasta el 19 de abril se suspenderá el servicio de ventanillas para realizar trámites y pagos de impuestos en todas las alcaldías de la Ciudad de México, con el fin de evitar la propagación del coronavirus, por lo que las autoridades capitalinas otorgarán facilidades para el cumplimiento de las obligaciones fiscales sin generar multas y recargos.
Los trámites que se suspenden son: recepción de documentos e informes, visitas de verificación, solicitudes de informes o documentos, así como cualquier acto administrativo emitido por las personas servidoras públicas que incidan o afecten la esfera jurídica de los particulares.
Por su parte, la titular de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, Luz Elena González, aclaró que todos los medios de pago electrónicos implementados del gobierno de la Ciudad de México permanecerán en funcionamiento y en los 8 mil 600 puntos de pago como los bancos por lo que pueden pagar por estas vías.
La funcionaria dijo que aquí lo importante es que conozcan que las ventanillas estarán cerradas y que no habrá multas ni recargos por lo que tendrán un mes más para pagar todos los impuestos.
En el caso del Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos cuyo vencimiento para la obtención del subsidio es el 31 de marzo de 2020, se otorga una ampliación para la obtención de la condonación respectiva hasta el 30 de abril del mismo año.
Cabe aclarar que se exceptúa de la suspensión de términos y plazos referidos, la atención al público en las ventanillas y la realización de trámites que se desarrollan ante las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades de la administración pública en materia de desarrollo urbano, de la construcción y del sector inmobiliario.
Así como las necesarias para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos siguientes:
Expedición de certificados de existencia o inexistencia de gravámenes vía telemática, constancias de adeudos de predial y agua, certificados únicos de zonificación de uso de suelo, sábanas para acreditar el valor catastral, registro de avalúos comerciales en SIGAPRED, consulta de instrumentos y expedición de copias certificadas y testimonios y constancias de Folios. Por lo que la actividad pública en estas materias seguirá operando con normalidad.
Afectará solicitudes de acceso a la información
La suspensión de términos y plazos referida en el numeral anterior aplicará para efectos de recepción, registro, trámite, respuesta y notificación de las solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Datos Personales que ingresan o se encuentran en proceso a través del Sistema Electrónico habilitado para tal efecto; de la Plataforma Nacional de Transparencia.
Delincuentes, de los más favorecidos
Además, se suspenden los términos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos, de responsabilidades administrativas y trámites que se realizan como parte de las atribuciones de esta Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, de sus Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, así como de los Órganos Internos de Control que le están adscritos.
Se declaran inhábiles los días comprendidos en el periodo del 23 de marzo al 19 de abril del año 2020, para la práctica de actuaciones y diligencias para el inicio, substanciación o resolución de los procedimientos administrativos y de responsabilidades administrativas, así como en general para todas las diligencias como son:
La recepción de documentos e informes, trámites, atención al público en ventanilla, resoluciones, acuerdos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, audiencias, solicitudes de informes y documentos; así como la recepción, substanciación y resolución de recursos de inconformidad, revocación o de algún otro medio de impugnación, y cualquier otro acto que pueda incidir en la esfera jurídica de los particulares.