Por semáforo rojo, Ayuntamiento de Xalapa restringe actividades estratégicas y de servicios

Redacción Versiones

Por semáforo epidemiológico rojo, el Ayuntamiento de Xalapa restringe algunas actividades estratégicas y de servicios.

Con fecha de este jueves 10 de febrero, se publican en la Gaceta Municipal las medidas sanitarias que se tomarán con el fin de evitar contagios del virus Covid-19, y que son las siguientes:

Las actividades consideradas Esenciales se desarrollarán al 100% de su aforo, mientras que las actividades consideradas como Estratégicas mantendrán una restricción del 50% siendo estas últimas las siguientes: 1. Industria metalmecánica; 2. Agencias automotrices y talleres; 3. Bibliotecas; y 4. Producción de cervezas y su cadena logística.

Las actividades de Servicios se mantendrán con un aforo de hasta el 30%, siendo consideradas las siguientes: 1. Zoológicos, Acuarios y Unidades de manejo ambiental con acceso al público; 2. Comercio al por menor; 3. Actividades y servicios turísticos; 4. Museos, centros culturales, academias de arte, pinacotecas y galerías; 5. Peluquerías, estéticas, barberías, salones, clínicas de belleza y similares; 6. Centros comerciales y tiendas departamentales; 7. Iglesias, templos y agrupaciones religiosas; 8. Gimnasios, albercas deportivas, canchas, spa y otros centros de acondicionamiento físi-co (zumba); 9. Centros y clubes deportivos; 10. Hoteles, restaurantes y cafeterías; 11. Cines y teatros; y 12. Centros de meditación.

Las actividades de Entretenimiento y Eventos Masivos, mantendrán un aforo de hasta el 30%, en relación a los siguientes giros y establecimientos, siempre y cuando cuenten con la cédula de empadronamiento o licencia de funcionamiento vigentes: a). Centros de entretenimiento y esparcimiento; b). Ferias y Conciertos; c). Salones de fiestas y eventos; d). Balnearios, albercas públicas y recreativas; e). Centros nocturnos, bares y cervecerías; f). Casinos, antros, discotecas, botaneros y pulquerías; g). Billares, juegos electrónicos, videojuegos y realidad virtual; y h). Juegos mecánicos.

En caso de incumplimiento del presente resolutivo, se sancionará al establecimiento infractor con clausura temporal durante quince días, además de la imposición de la multa correspondiente y en caso de que exista reincidencia, se sancionará con clausura definitiva, con base en los procedimientos establecidos en la reglamentación municipal competente en la materia.

CHECA EN EL SIGUIENTE LINK LA PUBLICACIÓN COMPLETA EN LA GACETA MUNICIPAL:

Gaceta 011