Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó una reforma al Código Penal Federal para establecer la imprescriptibilidad de los delitos sexuales cometidos en contra de menores de edad.
Tampoco ilícitos como abuso sexual o la contratación de menores de edad en lugares que afectan su desarrollo, como cantinas, tabernas, bares, antros y centros de vicio.
“El término de la prescripción de los delitos previstos en el Título Octavo del Libro Segundo de este Código cometidos en contra de una víctima persona menor de dieciocho años comenzará a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis de este Código, que serán imprescriptibles”, señala el proyecto.
Señaló que estas estadísticas obligan a la construcción de políticas públicas eficientes y marcos normativos contundentes que permitan combatir la incidencia de este tipo de delitos.
Detalló que la mayoría de los casos de violencia sexual infantil no son denunciados por factores como miedo a represalias, temor a ser aislados de sus familias, vergüenza e incluso por desconfianza hacia las autoridades jurisdiccionales.
Expuso que en muchos otros casos, la denuncia ocurre hasta que la víctima cumple la mayoría de edad.
Peña afirmó que el proyecto aprobado por el Pleno de San Lázaro es indispensable para mejorar la política criminal en materia de violencia sexual, ya que ésta es una de las que más lesiona el tejido social y obstaculiza el desarrollo integral de las personas.
“Tengamos en cuenta que el abuso sexual infantil conlleva a la afectación directa de la dignidad humana, la integridad física y mental de las víctimas, así como la obstaculización del pleno desarrollo psicosexual”, advirtió.