Rosalinda Morales
Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron artículos de la Constitución de Veracruz que impedían dar “haber de retiro” a magistrados que ya se encontraban fuera de funciones.
Con lo publicado en la Gaceta Oficial del Estado los magistrados y jueces al jubilarse podrán recibir un haber de retiro, como se había aprobado previamente y que durante el sexenio de Cuitláhuac García y en la Legislatura que encabezó Juan Javier Gómez Cazarin, se les quitó ese beneficio.
De igual forma se invalidó el artículo 9, que establecía que se prohibía la contratación de servicio de telefonía, fotocopiado, pago de combustibles, arrendamientos, viáticos, remodelación de oficinas, pues tales gastos debían ser inferiores a los del año previo.
La Corte también eliminó un párrafo del artículo 13, en el que se establecía que sería una falta grave ir en contra de lo señalado por la Ley de Austeridad para el Estado de Veracruz.
Con la publicación en la Gaceta Oficial del Estado, ayer martes, ahora el Congreso local habrá de hacer las reformas necesarias y cumplir con el mandato de los ministros.
Los ministros invalidaron algunos artículos de la Ley de Austeridad para el Estado de Veracruz, aprobada por el Congreso del Estado, en la administración de Cuitláhuac García Jiménez.
Por mayoría, consideraron que dicho ordenamiento legal es violatorio a los derechos constitucionales de los mexicanos.
A propuesta del ahora ex Magistrado Edel Álvarez Pena, la controversia constitucional 24/2019 solicitaba la invalidez de 8 artículos de la citada ley, sin embargo, los ministros resolvieron que sólo 3 son inconstitucionales.
La SCJN estableció que resultó fuera del marco normativo el artículo 3 de la citada ley, que refiere que “los servidores públicos de la entidad recibirán los beneficios del sistema público de seguridad social correspondiente».
«Queda prohibido establecer o cubrir con recursos públicos haberes de retiro o regímenes especiales de jubilación o pensión, así como la contratación de seguros privados de gastos médicos, de vida o de separación individualizada o colectiva por parte de los entes públicos locales para beneficio de cualquier servidor público, con excepción de aquellos necesarios por corresponder a una función de alto riesgo, conforme a lo establecido en la ley”.
Cabe mencionar que este es otro revés a las propuestas del ahora ex gobernador Cuitláhuac García Jiménez, ya que en por lo menos 5 o 6 veces le corrigió “la plana” la Suprema Corte de Justicia al Congreso de Veracruz durante la gestión de Juan Javier Gómez Cazarín.
			





