Tribunal tumba estatus de testigo protegido que Gertz Manero había dado a dueño de la franquicia Miss Universo

El empresario Raúl Rocha Cantú, dueño de la mitad de la franquicia de Miss Universo, sufrió un revés porque un Tribunal Federal revocó la suspensión provisional que lo protegía de no comparecer y para que se mantuviera vigente el criterio de oportunidad del que gozaba, además de no ser detenido.

El pasado 15 de diciembre, Octavio Alarcón Terrón, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Querétaro, ordenó la captura del empresario que se cree forma parte de una organización criminal dedicada al tráfico de armas de fuego e hidrocarburo.

Días antes de que la Fiscalía General de la República (FGR) que encabeza Ernestina Godoy solicitara la captura, Rocha Cantú se negó a comparecer ante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

De acuerdo con el expediente judicial, el pasado 8 de diciembre la FGR rechazó la petición del empresario, en el sentido de comparecer por videoconferencia.

El hoy prófugo de la justicia, argumentó que está en riesgo su “seguridad personal” y por ello no iba acudir.

Ante la negativa del Ministerio Público Federal, Raúl Rocha se amparó y solicitó no ser obligado a asistir, no ser detenido, ni que se revocara el criterio de oportunidad.

El Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León admitió a trámite la demanda y le otorgó la suspensión para que no se le obligara a comparecer físicamente, para que no fuera privado de la libertad ni se le imponga medida disciplinaria, de apremio o sanción alguna, entre ellos, la modificación o revocación del criterio de oportunidad otorgado a su favor, con motivo de la inasistencia a la diligencia a la que fue citado.

La FGR interpuso un recurso de queja y ahora éste fue declarado fundado.

Por mayoría de votos, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito, revocó la medida cautelar.

El magistrado Carlos Alberto Flores Alamilla propuso revocar la suspensión, porque dijo que el Pleno Regional del Centro Norte resolvió una contradicción de criterios, en el que se establece que tratándose de una técnica de investigación los testigos están obligados a comparecer para ofrecer su dicho dentro de una carpeta de investigación.

La magistrada Sara Verónica Siller Morquecho señaló que la entrevista se debía realizar por vía remota, además de que la FGR no justificó otro tipo de actos. Al final, votó en contra del proyecto.

No obstante, el magistrado Víctor Hugo Alejo Guerrero mencionó que ante una técnica de investigación no se puede impedir la comparecencia y debe que acudir presencialmente.

La FGR presume que Raúl Rocha probablemente tiene funciones de dirección, en la organización criminal investigada, que inyecta capital en la importación de combustible procedente de Guatemala y Estados Unidos y que ha pagado millones de pesos a Jacobo Reyes León, El Yaicob y/o “El Lic” y/o “El Licenciado” a cambio de información, pues este último como intermediario le consigue información en la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO).

Mientras que Daniel Roldán Morales alias “El Inge” y/o “Dani” se encarga de transferir las ganancias generadas por la venta de combustible a Raúl, tiene estaciones de servicio (gasolineras), las cuales provee con el combustible ilícito que obtiene la organización; de igual forma, la persona investigada mantiene comunicación principalmente con El Yaicob y Daniel Roldán.

Añade que las inversiones de Raúl Rocha en la empresa criminal son monetariamente cuantiosas, obteniendo ganancias a partir del monto de su participación.