Confirma TEPJF sentencia del TEV que favoreció a independientes en recolección de firmas

Por mayoría de votos, los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), mediante la cual se hizo extensiva a todos los aspirantes a candidatos independientes, la inaplicación de la porción normativa del artículo 269 del Código Comicial estatal que los desobligó a entregar el 2 % de apoyos ciudadanos de cuando menos el 50 % de las secciones electorales del municipio por el que se registraron.

En la sesión pública celebrada la tarde de este viernes, Juan Manuel Sánchez Macías y Enrique Figueroa Ávila, consideraron como correcto que el órgano jurisdiccional de nuestro estado haya favorecido con su fallo a todos los interesados en contender por una alcaldía sin el respaldo de un partido político.

No obstante, su homólogo y presidente de la Sala Regional, Adín de León Gálvez, se mostró en contra de la determinación, pues consideró que el TEV hizo un control de constitucionalidad concreto que sólo puede hacer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al inaplicar una norma con efectos generales.

Con relación al agravio expuesto en la impugnación por José Luis Remigio Platas, aspirante por el municipio de Chocamán, quien pretendía que también se declara como inconstitucional el requisito del 3% de firmas de los votantes que conforman el padrón electoral de esa demarcación, los magistrados lo declararon como infundado.

De la misma manera calificaron el alegato que refería que 30 días para recabar las rúbricas no era suficiente, pues como se detalló en el proyecto, el tribunal veracruzano hizo bien al poner como ejemplo la cantidad de apoyos que por día necesitaba recolectar para llegar al total, es decir 12, una cifra fácil de conseguir.

Los togados regionales adicionalmente reiteraron que es correcto que no sólo los aspirantes a alcaldes y síndicos por la vía ciudadana pudieran hacer actos tendientes a recabar firmas que respaldar su aspiración, también los inscritos en las planillas para regidores.

Ratifican que sea el TECA quien resuelva despidos de trabajadores del OPLE

Al resolver tres juicios electorales, los integrantes de la Sala Regional Xalapa ratificaron, con el voto en contra de Figueroa Ávila, la sentencia del TEV en la que declinó su competencia para resolver los despidos de personal ocurridos en el Organismo Público Local Electoral (OPLE), esto porque se trata de temas laborales que salen de su esfera de actuación.

Por lo tanto validaron que éste haya remitido los expedientes al Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado (TECA) el que se pronuncie sobre la inconformidad de los ex trabajadores.

Enrique Figueroa dijo que no podía avalar el proyecto planteado en la sesión, porque en uno de los asuntos, una ex empleada acusaba de haber sufrido de violencia política de género, por lo que el TEV sí debía analizar ese punto para constatar que lo denunciado fuera cierto.