Secretario ejecutivo del OPLE, sin facultades para desechar solicitudes de remoción de funcionarios municipales: TEV

Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinaron que el secretario Ejecutivo del Organismo Público Local Electoral (OPLE), Hugo Enrique Castro Bernabe, no tiene facultades para desechar las solicitudes que hagan los partidos políticos para que se remuevan a funcionarios que integren los Consejos Municipales.
Y es que el representante del Partido de la Revolución Democrática (PRD) ante el Consejo Municipal de San Andrés Tuxtla presentó un escrito en el que solicitó la remoción de algunos de sus integrantes, pero Castro Bernabe desechó la petición alegando falta de pruebas.
Al respecto, el magistrado Javier Hernández Hernández, ponente de la cuenta, explicó que el actuar del funcionario fue indebido porque contrario a lo que afirmó, el sol azteca sí cumplió con la presentación de pruebas para reafirmar su solicitud y es así, porque las mismas fueron valoradas previo a su desechamiento.
«No es competencia del secretario Ejecutivo, no es él el que debe valorarlas, sino el Consejo General (…) el secretario Ejecutivo de manera a indebida desechó la queja», agregó durante la discusión y añadió que lo conducente era revocar el acuerdo tomado.
De tal manera que por unanimidad de votos, se revocó el acuerdo de la Secretaría Ejecutiva del OPLE por el que se desechó la demanda interpuesta por el PRD.
En el mismo sentido, los integrantes del órgano jurisdiccional se pronunciaron sobre el recurso de apelación presentado por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en contra de la Secretaría Ejecutiva, quien en otro acuerdo determinó que éste no cumplió con las medidas cautelares aplicadas al entonces candidato a la alcaldía de Veracruz, Fidel Kuri Grajales.
En la sesión pública, el magistrado José Oliveros Ruiz, encargado del proyecto, refirió que Hugo Enrique Castro actuó indebidamente porque quedó acreditado que el PVEM sí cumplió con lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias, aportando pruebas de ese cumplimiento.
Y es que el área del órgano electoral le prohibió Kuri Grajales usar a los «Tiburones Rojos de Veracruz», para promocionar su aspiración al ayuntamiento del Puerto Jarocho, pues aunque se le dio en comodato a la empresa de su propiedad, la marca del equipo de futbol es propiedad de Gobierno del Estado.
«Consta en actos de que se informó las acciones adoptadas», añadió Oliveros Ruiz previo a que por unanimidad decidieran ordenar al secretario ejecutivo del OPLE que emita un nuevo acuerdo en el que manifieste que el verde sí cumplió con las medias cautelares decretadas.