Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) confirmaron la validez de la elección, los resultados de las misma y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula de candidatos que resultó ganadora en siete municipios de la entidad.
En sesión pública, los togados dejaron firmes los triunfos de José Allan Riveros Alba, Marcelino Susano González, Daicy Faibre Montoya y Amado Guzmán Avilés, como alcaldes electos de Rafael Lucio, Zontecomatlán, Nautla y Tantoyuca, respectivamente, por la coalición PAN-PRD «Veracruz el cambio sigue».
Así como también la victoria de Víctor Román Jiménez Rodríguez, por Nueva Alianza (Panal) en Naranjos- Amatlán; de Melquiades Alarcón Caro, ex contendiente por la Alianza PRI-PVEM «Que Resurja Veracruz» en Las Minas y de Nicolás Reyes Álvarez, como el próximo edil de Minatitlán, por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
Por otra parte, los integrantes del pleno determinaron como improcedentes los incidentes de recuento de votos solicitados por el tricolor en Nanchital de Lázaro Cárdenas y el verdeecologista en Juchique de Ferrer.
En este último asunto, el partido argumentó que se encontraron algunas irregularidades durante la elección del cuatro de junio y que durante el desarrollo del recuento una de las tres mesas instaladas fue presidida por un capacitador asistente electoral del Instituto Nacional Electoral, lo que contravenía las reglas de recuento establecidas en el Código Electoral.
Pero los magistrados coincidieron en que no se observó violación alguna respecto al tratamiento y asignación que el Consejo Municipal de Juchique de Ferrer, Veracruz, tomó respecto de los votos reservados, declarando improcedente pretención.
En el caso del municipio e Zontecomatlán, los juristas exhortaron a la expedición de la constancia de mayoría al candidato PAN-PRD, desechando los alegatos del PRI en su recurso de inconformidad, quien alegó que el acuerdo impugnado era inconstitucional e ilegal y que además el triunfador no reúne el requisito de residencia.
Al desahogar el Recurso de Inconformidad 115/2017 que promovió el PRI y los acumulados 119 y 120 /2017 que presentó el Partido Nueva Alianza, el TEV determinó que son infundados, pues los argumentos no constituyen elementos suficientes para declarar la nulidad que se solicitó de las elección en Naranjos-Amatlán.
Sobre este asunto, el Tribunal Electoral de Veracruz asentó que existen criterios de la Sala Superior del TEPJF que estipulan que la instalación de la casilla puede consumir un plazo más prolongado.
Respecto de la autorización de sufragar sin credencial de elector, se consideró que los dos votos emitidos en tal situación no comprenden una irregularidad suficiente para anular toda la votación.





