Al quedar acreditado que el ex candidato de la Alianza PAN-PRD «Veracruz el cambio sigue» a la alcaldía de Orizaba, Daniel Zairick Aboumrad, incurrió en actos anticipados de campaña y recibió recursos públicos de personas no autorizadas por la ley, los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) le impusieron una sanción económica de 51 mil 72.75 pesos.
Asimismo, resolvieron multar a dichos institutos políticos coligados por culpa in vigilando, es decir, por no actuar para evitar que se dieran estas conductas infractoras, con montos equivalentes a 82 mil 661.55 y 55 mil 107.7 pesos, respectivamente.
En la sesión pública celebrada la noche de este martes y toda vez que quien le entregó los recursos públicos fue el regidor tercero del ayuntamiento orizabeño, Juan Antonio Roldán Bravo, los togados darán vista al Congreso Local, para que actúe en contra del servidor por violaciones a la Constitución Federal y al Código Electoral veracruzano.
Dichas sanciones se les impusieron al dar cumplimiento a una sentencia de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien ordenó al TEV analizar con más exhaustividad las acusaciones formuladas por Hugo Chaín Maluly y Joel Cadena González, en contra de Zairick Aboumrad, el edil y el PAN y PRD.
En la discusión del proyecto, el magistrado Javier Hernández Hernández explicó que el ex candidato utilizó un gimnasio propiedad del ayuntamiento de Orizaba que le prestó el regidor panista, aun sabiendo que esa situación vulneraba el artículo 134 de la Carta Magna Nacional.
Agregó que usó el espacio público para llevar a cabo un evento denominado «Cine en tu colonia» en diciembre de 2016, es decir, previo al periodo de campañas que se realizó del 1 al 31 de mayo de 2017, siendo claro que incurrió en actos anticipados.
También expuso que el propio edil reconoció que le prestó el gimnasio por tratarse del que sería el candidato de su partido y el PAN respondió que conforme a su proceso de selección de candidatos, no hubo un periodo de precampaña, por lo que no había razón de ser para que realizara una actividad de ese tipo.
«Todo deriva de la situación de que el regidor tercero dispuso de un edifico público para ponerlo a disposición del abanderado. Sucedió en diciembre de 2016, el edificio gimnasio GIM 10, que de acuerdo con el alcalde forma parte de la hacienda municipal», mencionó Hernández Hernández.
Los integrantes del pleno definieron la conducta de Daniel Zairick como «una falta grave ordinaria», toda vez que este evento y dos más realizados en colonias de Orizaba, se hicieron con ánimos de posicionarse en el electorado fuera de los plazos electorales establecidos.
«Se actualizan el elemento personal porque no existe duda alguna de que fue candidato del PAN-PRD a la alcaldía de Orizaba; el elemento temporal porque fue en el mes de diciembre, fuera del plazo para las campañas y el elemento subjetivo, significa que aunque no se solicitó expresamente el voto, lo hizo con el ánimo de posicionarse frente al electorado del municipio de Orizaba», detalló el magistrado.
Las multas impuestas deberán pagarse ante la Secretaría Ejecutiva del Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz en los quince días siguientes a que las mismas queden firmes, y los recursos deberán transferirse al Consejo Veracruzano de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (Coveicydet) para que los invierta en los proyectos que lleve a cabo.





