Álamo, Tuxpan, Cosoleacaque y Boca del Río, distritos locales donde candidatos podrán “derrochar” más dinero en campañas

Los candidatos a diputados locales por los Distritos de Álamo Temapache, Tuxpan, Cosoleacaque y Boca del Río, serán los que podrán gastar más recursos públicos y privados, en los 30 días que duren las campañas para buscar el voto de los ciudadanos.
Y es que de acuerdo con los topes de gastos de campaña aprobados por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE), quienes contiendan por una curul en el Distrito 4, con cabecera en Álamo Temapache tendrán permitido erogar 3 millones 516 mil 876.69 pesos.
En el caso del Distrito 3, de Tuxpan, el monto máximo a utilizar será de 3 millones 516 mil 876.69 pesos; en Cosoleacaque (distrito 26), 3 millones 492 mil 878.79 pesos y en Boca del Río (16), 3 millones 489 mil 421.97 pesos.
Le siguen en orden decreciente y muy de cerca, los Distritos I y II de Veracruz Puerto (Distritos 14 y 15), donde los contendientes tendrán permitido erogar 3 millones 461 mil 600.54 pesos y 3 millones 464 mil 920.29 pesos, respectivamente.
En Papantla (Distrito 6), el tope máximo autorizado por el OPLE quedó establecido en 3 millones 422 mil 183.21 pesos; mientras que en Cosamaloapan (23), 3 millones 307 mil 118.71 pesos; Santiago Tuxtla (24), 3 millones 284 mil 525.75 pesos; Tantoyuca (2), 3 millones 279 mil 674.62 pesos.
En contraste, los aspirantes a una curul en la Sexagésima Quinta Legislatura del Estado por el Distrito de Xalapa I (10), serán los que menos dinero tendrán permitido gastar, pues el monto fijado es de 2 millones 699 mil 518.54 pesos.
Además se le suman, los distritos de Camerino Z. Mendoza (21), con 2 millones 811 mil 13.77 pesos y Poza Rica de Hidalgo (5), con 2 millones 822 mil 287.92 pesos.
Cabe recordar que el tope de gasto de campaña implica un parámetro de validez de las elecciones que atiende a un límite de gasto que en caso de ser superado acredita una irregularidad, que de ser determinante tiene como consecuencia la nulidad de la elección correspondiente.
Es decir, el tope de gasto de campaña ampara no sólo los gastos que reporte el partido y sus candidaturas, sino también los gastos que se les adjudique, derivado de las actividades de monitoreo y demás procedimientos de fiscalización; ya que tiene como propósito regular montos máximos de gasto permitido en una contienda, para garantizar elecciones auténticas y libres.