Absuelve TEV a diputado electo por Orizaba y a alcalde de Agua Dulce

Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), absolvieron al ahora diputado local electo por Orizaba, Augusto Nahúm Álvarez Pellico y al alcalde de Agua Dulce, Sergio Guzmán Ricardez, acusados de supuestamente contravenir las normas comiciales y de propaganda electoral.

En la sesión pública de este vienes, los togados resolvieron el Procedimiento Especial Sancionador (PES), promovido por los representantes de los PAN, PVEM y PRI, en contra de Álvarez Pellico, otrora candidato a legislador por el distrito 20, postulado por la Coalición “Juntos Haremos Historia”, por la presunta comisión de actos de campaña y vulneración a las normas de propaganda política-electoral.

Los quejosos coincidieron en señalar que un día antes de que iniciaran las campañas para diputados, se colocaron lonas en diversos puntos de la ciudad de Orizaba, con leyendas alusivas al candidato denunciado y que a su decir, contenían los logotipos de MORENA, PES y PT.

Al respecto, el TEV estimó declarar la inexistencia de las violaciones objeto de la denuncia, porque aunque se demostró que el OPLEV certificó dos lonas en distintos domicilios de Orizaba, antes del inicio de las campañas electorales, y que dichas lonas contenían frases que demostraron un llamamiento al voto en favor del candidato denunciado, no quedó demostrado plenamente que dichos denunciados hubiesen colocado las lonas que motivaron la denuncia.

Se agregó que los denunciados se deslindaron respecto a la autoría de las lonas mencionadas, además, Morena presentó escrito de queja en contra de quien resultara responsable de la colocación de lonas en diversos puntos de la ciudad de Orizaba, Veracruz, con solicitud de medidas cautelares.

Por lo que ellos, según los magistrados, realizaron acciones diligentes y oportunas, para deslindarse de la responsabilidad derivada de los actos ilegales controvertidos, por lo que, en atención a las reglas de la lógica, la sana crítica y la experiencia, no existió sustento para reprocharles los hechos denunciados, pues existieron razones para presumir su inocencia.

Además, los integrantes del pleno jurisdiccional concluyeron que no existieron elementos de prueba que permitieran medir el posible impacto que tuvieron las lonas, encontradas el 28 de mayo, en los electores de Orizaba, durante el presente proceso electoral, o que ese hecho, por sí mismo, haya generado iniquidad en la contienda en favor del candidato denunciado.

En el otro asunto, el PAN por conducto de su representante suplente ante el Consejo General del OPLEV, presentó queja ante el OPLEV, el pasado 24 de mayo, en contra del Ayuntamiento de Agua Dulce, Veracruz, por probable difusión de propaganda gubernamental y el uso indebido de recursos públicos.

El blanquiazul argumentó que tal difusión, atentaba a fin de favorecer a la opción política en la cual milita el alcalde de Agua Dulce, Sergio Guzmán Ricardez, es decir el partido político MORENA.

En virtud de lo anterior, el Tribunal Electoral de Veracruz determinó la inexistencia del hecho denunciado, toda vez que, de las pruebas aportadas, se desprendió que se no se encuentra en el contexto acreditado el indebido uso de recursos públicos y propaganda gubernamental.

Así como también, del material probatorio, no se comprobó violación alguna en materia de propaganda gubernamental, ni a los artículos 134 de la Constitución Federal y 79 de la Constitución Local.

En el contexto de lo anterior, el Tribunal declaró la inexistencia de las presuntas violaciones objeto de la denuncia.