El pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad de votos en su segundo periodo de sesiones ordinarias, reformas constitucionales en materias de atención a migrantes, asignación de regidurías a candidatos independientes y designación de magistrados.
La primera de éstas fue la reforma el párrafo noveno del artículo 4 y se adiciona el párrafo séptimo al artículo 5 ambos de la Constitución Política del Estado, para reconocer los derechos humanos de los migrantes.
Con los cambios se fijó que en Veracruz todas las personas gozarán de los derechos humanos y garantías para su protección, consagrados en las Cartas Magnas Federal y Local, los tratados internacionales firmados por el Estado Mexicano y las leyes que de ella emanen; así como aquellos que reconozca el Poder Judicial del Estado (PJE), sin distinción alguna de origen étnico o nacional, sexo, idioma, religión, situación migratoria, opinión política, preferencias sexuales, condición o actividad social.
Se agregó que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución General de la República, los tratados internacionales de la materia y esta Constitución, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Adicionalmente se precisó que el Estado reconoce los aportes de su población migrante, sea esta de origen, retorno, destino o tránsito, nacional o internacional; y se compromete a tutelar y hacer efectivos sus derechos, poniendo especial énfasis en la atención a las particulares condiciones y necesidades de los menores, mujeres e indígenas migrantes.
Otra de las reformas avaladas de manera unánime, fue la del segundo párrafo del artículo 68 Constitución Política local, para estipular el derecho que tienen las candidaturas independientes a participar en la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.
De esta manera, queda firme la modificación al referido numeral de la Carta Magna, que sólo daba el derecho de participar en la obtención de los referidos cargos edilicios a los partidos políticos.
Ahora, se estipuló que en la elección de los ayuntamientos, el partido político o la candidatura independiente que alcance mayor número de votos obtendrán la presidencia y la sindicatura.
Y las regidurías serán asignadas a cada partido y a la candidatura independiente, incluyendo a aquel que obtuvo la mayor votación, de acuerdo al principio de representación proporcional, en los términos que señale la legislación del Estado.
El pleno también aprobó el decreto que reforma la fracción III del artículo 58 y adiciona la fracción XV al artículo 56 de la Constitución Política del Estado, para establecer que para ser magistrado se requiere poseer, al día del nombramiento, título de Licenciado en Derecho expedido por autoridad o institución legalmente facultada, con una antigüedad mínima de diez años y contar, preferentemente, con estudios de posgrado, o con experiencia profesional en la judicatura o ejercicio de la profesión no menor a ese lapso.
Además se incluyó en la Carta Magna veracruzana que el Poder Judicial tendrá atribuciones para elaborar el dictamen técnico en sentido favorable o no favorable, según sea el caso, respecto de los magistrados en posibilidad de ser ratificados, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Por último, los diputados dieron su aval a la reforma el artículo 26 fracción I, inciso a) de la Constitución Política Estatal, con lo que se estipuló que el pleno legislativo tiene la facultad de examinar; discutir; y, en su caso, modificar y, aprobar el presupuesto que en relación con los ingresos y egresos del año siguiente, le sea presentado entre el 6 y 10 de noviembre por el Gobernador del Estado.
También se precisó que cuando sea año de renovación del Congreso, el Gobernador del Estado tendrá los primeros quince días hábiles del mes de noviembre para presentar el presupuesto. En caso de que el 10 diez de noviembre sea inhábil, el término se trasladará al día hábil inmediato siguiente.
Todas estas reformas serán enviadas a los 212 cabildos municipales para que ratifiquen los cambios, requiriéndose que al menos la mitad de las comunas lo hagan positivamente.