El auditor del Estado, Lorenzo Antonio Portilla Vázquez, reconoció que el Órgano de Fiscalización Superior (Orfis), afrontará nuevos retos en el análisis de la Cuenta Pública 2017, cuyo informe general e individuales se está elaborando para ser entregado a la Comisión Permanente de Vigilancia del Congreso Local.
En su mensaje semanal, dijo que una vez se presenten y dicha Comisión los dictamine y someta al Pleno legislativo para su aprobación, y éstos se publiquen en la Gaceta Oficial del Estado, el ente a su cargo iniciará la etapa de Investigación de aquellas observaciones que pudieran constituir faltas administrativas graves, y en su caso la etapa de Substanciación.
“El procedimiento a realizar por el Orfis respecto a la Cuenta Pública 2017 implica nuevos retos para los cuales nos hemos preparado, sin embargo debemos recordar que hoy la lucha contra la corrupción es una tarea conjunta, en la que autoridades y ciudadanos compartimos responsabilidad”, refirió.
Portilla Vázquez recordó que hasta la Cuenta Pública 2016, una vez aprobado el Informe del Resultado de la Fiscalización presentado por el Orfis, se iniciaba la Fase de Determinación de Responsabilidades y Fincamiento de Indemnizaciones y Sanciones (Pruebas y Alegatos/Recurso de Reconsideración/Juicio de Nulidad) y de ser procedente la interposición de Denuncias de Hechos ante la Fiscalía General del Estado.
Pero a partir de la Cuenta Pública 2017 será el procedimiento de Investigación el que les permitirá determinar la existencia o inexistencia de los actos u omisiones señalados como faltas administrativas graves o no graves.
Por lo que en caso de determinarse la existencia de una falta, se procederá a formular el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa (IPRA), o en el supuesto de que no se acredite, se emitirá el Acuerdo de Conclusión o Archivo.
Abundó que este procedimiento de Substanciación inicia cuando la autoridad Substanciadora admite el IPRA y establece formalmente el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa.
“Substanciar significa conducir un asunto o un juicio por la vía procesal adecuada hasta ponerlo en estado de resolución. La autoridad que lleve a cabo la Substanciación será distinta a la autoridad Investigadora”, describió.
El titular del Orfis acotó que en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa deben observarse los principios de legalidad, presunción de inocencia, imparcialidad, objetividad, congruencia, exhaustividad, verdad material y respeto a los derechos humanos.
En el caso de que la autoridad investigadora califique la falta como no grave, precisó, la remitirá al Órgano Interno de Control de la dependencia fiscalizada para su atención.
Destacó que los artículos 49 y 50 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas contienen lo relacionado a las conductas calificadas como no graves; de los artículos 51 a 64 se encuentran descritas las faltas administrativas graves, y del 65 al 72 los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves.





