A pesar de las desavenencias y conflictos que a últimas fechas han imperado al interior del Poder Judicial del Estado de Veracruz, mismos que reiteradamente se han hecho públicos en los diversos medios de difusión, debe destacarse que existen elementos impartidores de Justicia comprometidos con su labor de servicio público, tal como aconteció al resolver el Toca número 1091/2019 del índice de la Cuarta Sala de Tribunal Superior de Justicia, misma que se integra por los Magistrados PATRICIA MONTELONGO GUERRERO, SERGIO JIMENEZ MARABOTO y CANDIDO NICANOR RIVERA, donde cumpliendo con el principio de expeditez que rige en materia de justicia, emitieron su fallo aplicando cabalmente la legislación sustantiva civil, y a través del cual se declaró la nulidad de la operación de compraventa mediante la que un perito que incluso obra registrado ante el padrón de Peritos del Poder Judicial del Estado de Veracruz, pretendió adquirir la propiedad de un inmueble respecto al cual emitió un avalúo en el proceso legal que sirvió como antecedente para materializar la citada compraventa; ello no obstante que el Código Civil vigente en el Estado de Veracruz en su artículo 2209 prohíbe expresamente a los peritos adquirir bienes que fueron objeto en los juicios en que hayan intervenido.
Ante el proceder de los Magistrados mencionados al emitir el fallo referido se demuestra que la Honorabilidad del Poder Judicial en el Estado de Veracruz subsiste, aún en tiempos de crisis como el que se vive en la actualidad, lo cual debe ser destacable, mereciendo la Magistrada Ponente PATRICIA MONTELONGO GUERRERO el reconocimiento de la sociedad Veracruzana por su ejemplar y desinteresada labor.