Reynaldo Escobar
De las reglas aplicables en la asignación de los diputados bajo el sistema electoral plurinominal, dependerá la fuerza que permita evitar un mayoriteo como el que se dio, cuando se aprobó la Ley AMLO, que pretendía imponer una reforma eléctrica con graves repercusiones económicas para el pueblo. De la inconformidad social y de la valentía de los Jueces federales, surgió una fuerte oposición que mediante incidentes de suspensión, provisionales y definitivas, obligaron a detener el despojo a los consumidores de energía eléctrica suministrada por la paraestatal CFE.
Ni un punto, ni una coma, fue la instrucción desde la oficina presidencial para los legisladores de Morena, y esa orden cumplimentada sin oposición suficiente para reflexionar y evitar dañar los bolsillos de los destinatarios “consumidores” de luz, bastó para generar un desgaste en la imagen pública del ejecutivo federal, que lo obligó a detener la aplicación del ordenamiento de marras.
El motivo de la inaplicación de la reforma eléctrica fue por los efectos que generaría, contrarios al régimen y cuyas reacciones anti morenistas, afectarían también al gobierno emanado de la 4T, , seguramente a través de miles o millones de votos en la elección del próximo 6 de junio, contra los candidatos y diputados federales y locales postulados por el partido de Mario Delgado y del Presidente Andrés Manuel López Obrador.
El artículo 54 constitucional, marca los límites en la asignación de 200 diputados de representación proporcional, por listas regionales, siempre que obtenga el partido postulante, el mínimo del 3%, del total de la votación válida. La prohibición para que ningún partido rebase el número d 300 diputados, sumando a los pluris, los uninominales, es con la finalidad de evitar silenciar a los opositores y cancelar el “diálogo de sordos” que termina con la aspiración democrática sustentada en la razón.
Bien por el INE y mal, muy mal por MORENA.