PRIMICIA / INE exonera a RTV; órgano electoral determina que no hubo favoritismo hacia Rocío Nahle

Redacción Versiones / PRIMICIA  

La Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) exoneró a Radio Televisión de Veracruz (RTV), por lo que dicho organismo electoral descarta que hubiese habido favoritismo hacia Rocío Nahle García, precandidata a la gubernatura de la coalición Morena-PT-PVEM-Fuerza por México, y tampoco hubo -de acuerdo a ese órgano- discriminación hacia algún otro candidato a ese mismo cargo de elección popular.

Como es sabido, el pasado 2 de enero de 2024, RTV transmitió por por Facebook Live, el evento de precampaña de Rocío Nahle García, realizado en el parque Independencia ubicado en la ciudad de Coatzacoalcos.

Por ello, el 5 de enero de 2024, Federico Salomón Molina, presidente del CDE del PAN; Adolfo Ramírez Arana, presidente del CDE del PRI; y Sergio Cadena Martínez, presidente de la Dirección Ejecutiva del PRD, interpusieron la queja ante el OPLE. Asimismo, la misma queja fue interpuesta ante el INE.

El INE ya resolvió al respecto y dicha resolución fue notificada a RTV el pasado 24 de enero. Cabe destacar que el OPLE-Ver aún no emite resolución.

Pero en lo que respecta al INE, éste resolvió que “en concepto de esta autoridad, no se cuente con elementos probatorios, aún de carácter indiciario, con los que se pueda afirmar que efectivamente los sujetos denunciados ordenaron o efectuaron la conducta denunciada, pues no se cuenta con evidencia de la difusión en televisión del evento de la precandidata Morena a la gubernatura en el estado de Veracruz, sino que únicamente existe el reconocimiento expreso que éste, al igual que el evento del precandidato del PRI, fueron difundidos por medio de una red social, lo que en principio no constituiría una infracción en la materia, al encontrarse amparado en la libertad de información y de expresión del medio de comunicación”.

“En tal sentido -añade el INE- tampoco es posible verificar si, como lo afirma el denunciante, existió algún tipo de discriminación en contra de su precandidato con motivo del tiempo destinado a cada uno de los eventos de inicio de las respectivas precandidaturas, pues se insiste, no se aportó elemento probatorio alguno mediante el cual se pudiera acreditar dicha circunstancia, toda vez que no fue aportado el vínculo electrónico del que se pudiera descargar el evento de la precandidata de Morena, objeto de denuncia”.

“Así, es menester destacar objetivamente, que de las imágenes, links de internet, así como de las diligencias efectuadas por esta autoridad que obran en autos, no se desprende ni se advierte algún elemento que permita establecer a manera de indicio, que los denunciados el partido político MORENA, Norma Rocío Nahle García, Precandidata Única a la Gubernatura de Veracruz por MORENA, así como Víctor Hugo Cisneros Hernández, Director General de Radio Televisión de Veracruz (RTV), fuesen los responsables de la presunta adquisición de tiempos en radio y televisión con fines político-electorales, con motivo de la transmisión por parte del organismo público descentralizado Radio Televisión de Veracruz a través del canal 4+, así como de su perfil de Facebook de dicho organismo descentralizado, respecto del evento de arranque de inicio de precampaña de Norma Rocío Nahle García, que se llevó a cabo en el parque Independencia del Municipio de Coatzacoalcos, el dos de enero de dos mil veinticuatro, o que se hubiera discriminado al precandidato del partido denunciante, toda vez que de los medios de prueba aportados por el quejoso no es posible adminicularlos con las conductas denunciadas y mucho menos atribuírselos a los sujetos denunciados”, se lee también en el documento de la resolución correspondiente.