Sala Superior del TEPJF revoca sentencia del TEV; magistrados locales indebidamente dieron por cumplida legislación en revocación de mandato

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió de manera unánime revocar la resolución incidental dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), la que había considerado cumplida la sentencia que instruía al Congreso del Estado expedir la ley reglamentaria para revocación de mandato.

Cabe destacar que el juicio que dicha Sala Superior estudió es el Juicio de la Ciudadanía 2504 de 2025, que promovió Eduardo de la Torre Jaramillo, quien impugnó que el TEV diese por cumplida la sentencia pese a que el Congreso local no había aprobado la legislación solicitada.

En sesión pública de este miércoles, la Sala Superior revisó el incidente resuelto por el tribunal local y determinó que no había cumplimiento real.

Pese a que el Congreso de Veracruz dio a conocer al Pleno y turnó el tema a la Junta de Coordinación Política, la ley de revocación de mandato aún no ha sido expedida, lo cual contraviene lo mandatado de manera original.

Es preciso resaltar que el proyecto presentado dejó en claro que el simple turno interno en el Congreso no cumple con la sentencia, ya que la obligación era simple: legislar y emitir la ley.

Por lo anterior, se resolvió revocar la determinación del TEV y ordenarle emitir una nueva resolución en la que se declare el incumplimiento.

Dicho dictamen fue aprobado por unanimidad de los magistrados y magistradas de la Sala Superior, quienes coinciden en que no puede considerarse acatada una sentencia mientras la norma ordenada no exista en los hechos.

Con esa resolución, el TEPJF reafirma el criterio de que las autoridades legislativas deben cumplir materialmente con las obligaciones constitucionales, y que los órganos jurisdiccionales locales deben verificar de manera estricta el cumplimiento, de manera especial cuando se trata de mecanismos de participación ciudadana como lo es la revocación de mandato.