Tendrían ayuntamientos 30 días para sesionar y aprobar reformas constitucionales

Los ayuntamientos del estado tendrían 30 días naturales, contados a partir de la recepción de los dictámenes de reformas constitucionales parciales, para sesionar extraordinariamente y aprobar o rechazar los cambios que el Congreso realice a la Carta Magna Local.

Ello en caso de aprobarse le iniciativa que presentó este martes la bancada de Morena y que busca reformar los artículos 7 y 21 y derogar los artículos 9, 10, 11 y 30 de la Ley número 7 Reglamentaria del artículo 84 de la Constitución Política de Veracruz.

En la propuesta se estipula que el dictamen que es aprobado por las dos terceras partes de los miembros del Congreso, el Presidente ordenará turnarlo a los Ayuntamientos por conducto de la Secretaría General.

Los Ayuntamientos tendrán treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la recepción del proyecto, para comunicar su acuerdo al Congreso del Estado o a la Diputación Permanente, emitido en sesión extraordinaria de Cabildo, en la que se discuta y apruebe o rechace la reforma constitucional.

En la exposición de motivos con fecha 9 de octubre del presente año, fue publicado en la Gaceta Oficial del Estado, bajo el número extraordinario 404, el decreto 761 por el que quedó reformado el artículo 84, en su párrafo primero y segundo de la Constitución.

En dicho instrumento, se estableció en el Transitorio Segundo, la obligatoriedad de que éste Poder Soberano, dentro del plazo de los sesenta días naturales, contando a partir de la entrada en vigor del decreto, realizara las adecuaciones a la legislación secundaria.

Añaden que atendiendo a ello, el término de lo mandatado fenece el próximo 8 de diciembre, por lo que, el Congreso en un ejercicio de responsabilidad legislativa, y evitando recurrir en omisión legislativa, propone la adecuación legal de la norma reglamentaria.