La Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó el decreto con la prohibición de usar, fabricar, comercializar o poseer bloqueadores (conocidos como jammers) o dispositivos que anulen las señales de telefonía celular.
Esto incluye de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen.
Las penas que se tiene contempladas son de 12 a 15 años a quienes violen tal disposición y de 15 a 18 años si el delito lo comete un servidor público.
Solamente los centros de Readaptación social fueron excluidos de tal medida, misma que entrará en vigor este sábado 25 de enero.
Quienes posean estos adminículos tienen un plazo de 30 días para entregarlos, destruirlos o sacarlos del país, dispuso la SCT.
Se trata del decreto por el que se adicionan el artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y el artículo 168 ter al Código Penal Federal.
Los llamados “jammers” son inhibidores que sirven para bloquear tanto señales satelitales como de radio frecuencias.
Durante el año 2018, en 75% de los asaltos a vehículos, registrados en las carreteras utilizaron jammers.
(Regeneración)





