Reportan al menos 12 ayuntamientos con presunto daño en perjuicio de la Hacienda Pública Federal, en el ejercicio fiscal 2014

Al menos 12 ayuntamientos veracruzanos auditados por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) resultaron con un presunto daño en perjuicio de la Hacienda Pública Federal en el ejercicio fiscal 2014.

De acuerdo al informe de resultados de la Cuenta Pública federalizada que este miércoles la ASF entregó a la Cámara de Diputados, los ayuntamientos observados por el manejo de los recursos federales son: Acayucan, Atzalan, Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Ixhuatlán de Madero, Las Choapas, Minatitlán, Pánuco, Perote, Úrsulo Galván y Veracruz.

Al Ayuntamiento de Acayucan se le revisaron los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, y resultó con tres observaciones.

Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 3 millones 918 mil 557.06 pesos, por haber traspasado recursos de la cuenta del FISMDF 2014 para ser aplicados a otros fines; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación a los objetivos del fondo de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal.

Otra observación es por 58,064.73 pesos, por no haber aplicado a la fecha de la auditoría los recursos reintegrados a la cuenta específica del Fondo de Aportaciones para Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, a los objetivos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.

Y una tercera observación consiste por monto de 784,670 pesos, más los rendimientos generados, por no haber aplicado a la fecha de la auditoría los recursos reintegrados a la cuenta específica del Fondo de Aportaciones para Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, a los objetivos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.

Al municipio de Atzalan se le auditaron recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que generó una observación:

Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de un millón 697 mil 532.07 pesos, más los rendimientos que se generen, desde su disposición hasta su reintegro, por no haber aplicado, a la fecha de la auditoría, los recursos reintegrados a la cuenta específica del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal a los objetivos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.

En Boca del Río se auditaron recursos del Fondo de Pavimentación, Espacios Deportivos, Alumbrado Público y Rehabilitación de Infraestructura Educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

Lo que generó una solicitud de aclaración para que aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria por un monto de 3 millones 587 mil 756.89 pesos, integrados por 3 millones 433 mil 776.67 pesos debido a que el municipio no acreditó que los terrenos donde se realizaron las obras con números de contratos MBR-2014-RM-0304, MBR-2014-RM-0305, MBR-2014-RM-0306 y MBR-2014-RM-0307, sean propiedad del Gobierno Federal, la entidad federativa o el municipio.

Así como 90,837.40 pesos en virtud de que no acreditó el entero del 5 al millar a la Contraloría General del Estado por concepto de servicio de vigilancia, inspección y control; 40,500.00 pesos debido a que no acreditó el entero del uno al millar al Órgano de Fiscalización Superior del Estado (Orfis) de Veracruz por concepto de fiscalización de los recursos; 18,165.67 pesos porque no destinó a la Contraloría del Ejecutivo Estatal el importe correspondiente al uno al millar de las obras por administración directa del importe total contratado; y 4,477.15 pesos debido a que no realizó la retención del 5 al millar de la estimación 7 del contrato número MBR-2014-RM-031.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a efectuar el reintegro a la Tesorería de la Federación.

Coatzacoalcos. Recursos para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando Tengan a su Cargo la Función o la Ejerzan Coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales.

14-D-30039-14-0822-01-001 Recomendación
Para que el municipio de Coatzacoalcos, Veracruz, instruya a quien corresponda a fin de que, en ejercicios posteriores, se establezcan los procesos y sistemas de control administrativo de las operaciones del subsidio, con objeto de disminuir las debilidades y deficiencias detectadas en el control interno.

14-D-30039-14-0822-01-002 Recomendación
Para que el municipio de Coatzacoalcos, Veracruz, instruya a quien corresponda, a fin de que, en lo subsecuente, se atienda el cumplimiento de los objetivos del subsidio determinado en la evaluación de los resultados.

Córdoba. Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

14-D-30044-14-1219-03-001 Solicitud de Aclaración
Para que el municipio de Córdoba, Veracruz de Ignacio de la Llave, aclare y proporcione la documentación que acredite el ejercicio y aplicación a los objetivos del fondo de los recursos no ejercidos al 30 de septiembre de 2015 del Fondo de Aportaciones para la infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal correspondientes al ejercicio fiscal 2014, por 5,089,017.76 pesos (cinco millones ochenta y nueve mil diecisiete pesos 76/100 M.N.), de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal.

Ixhuatlán de Madero. Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

14-D-30083-14-1274-06-001 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 208,715.27 pesos (doscientos ocho mil setecientos quince pesos 27/100 M.N.), más los rendimientos que se generen, por no haber aplicado, a la fecha de la auditoría, los recursos reintegrados a la cuenta específica del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal a los objetivos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.

Las Choapas. Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

14-D-30061-14-1299-06-001 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 536,474.70 pesos (quinientos treinta y seis mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos 70/100 M.N.), por no haber aplicado a la fecha de la auditoría, los recursos reintegrados a la cuenta específica del Fondo de Aportaciones para Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, a los objetivos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.

14-D-30061-14-1299-03-001 Solicitud de Aclaración
Para que el municipio de Las Choapas, Veracruz de Ignacio de la Llave, aclare y proporcione la documentación que acredite el ejercicio y aplicación a los objetivos del fondo, de los recursos no ejercidos al 30 de septiembre de 2015 del Fondo de Aportaciones para la infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal correspondientes al ejercicio fiscal 2014, por 3,250,627.42 pesos (tres millones doscientos cincuenta mil seiscientos veintisiete pesos 42/100 M.N.), de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal.

14-D-30061-14-1299-06-002 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 3,499,711.22 pesos (tres millones cuatrocientos noventa y nueve mil setecientos once pesos 22/100 M.N.), más los rendimientos generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del fondo, por haber pagado con recursos del FISMDF 2014 dos obras que durante la visita física se constató su inexistencia; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación a los objetivos del fondo de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal.

14-D-30061-14-1299-06-003 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,999,953.02 pesos (un millón novecientos noventa y nueve mil novecientos cincuenta y tres pesos 02/100 M.N.), más los rendimientos generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del fondo, por haber pagado con recursos del FISMDF 2014, conceptos de obra no ejecutados; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación a los objetivos del fondo de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal.

14-D-30061-14-1299-06-004 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 150,000.00 pesos (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), más los rendimientos generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del fondo, por haber pagado el anticipo de una obra que durante la visita física se conoció de un avance mínimo y el contratista no está trabajando en ella; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación a los objetivos del fondo de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal.

14-D-30061-14-1299-06-005 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,008,819.88 pesos (un millón ocho mil ochocientos diecinueve pesos 88/100 M.N.), más los rendimientos generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del fondo, por haber pagado cuatro obras que no disponen en el expediente técnico con la información para comprobar los trabajos ejecutados ni precisa la ubicación de las obras realizadas, por lo cual no es posible verificar mediante visita física los conceptos de obra ejecutados en cada una de las ellas y determinar si se cumplió en tiempo y forma con la totalidad y calidad de los trabajos pagados; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación a los objetivos del fondo de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal.

14-D-30061-14-1299-06-006 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 931,908.02 pesos (novecientos treinta y un mil novecientos ocho pesos 02/100 M.N.), más los rendimientos generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del fondo, por haber pagado con recursos del FISMDF 2014, conceptos de obra no ejecutados; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación a los objetivos del fondo de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal.

14-D-30061-14-1299-06-007 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,424,774.00 pesos (un millón cuatrocientos veinticuatro mil setecientos setenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), más los rendimientos generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del fondo, por haber pagado con recursos del FISMDF 2014, una obra ubicada en propiedad privada y que no opera; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación a los objetivos del fondo de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal.

14-D-30061-14-1299-06-008 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 900,000.00 pesos (novecientos mil pesos 00/100 M.N.), más los rendimientos generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del fondo, por haber pagado con recursos del FISMDF 2014, una acción de láminas que no fueron entregadas a los beneficiarios; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación a los objetivos del fondo de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal.

Minatitlán. Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

14-D-30108-14-1317-06-001 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 239,246.67 pesos (doscientos treinta y nueve mil doscientos cuarenta y seis pesos 67/100 M.N.), más los rendimientos generados por 6,586.10 pesos (seis mil quinientos ochenta y seis pesos 10/100 M.N) por no haber aplicado a la fecha de la auditoría los recursos reintegrados a la cuenta específica del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal a los objetivos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.

Pánuco. Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal

14-D-30123-14-1340-03-001 Solicitud de Aclaración
Para que el municipio de Pánuco, Veracruz, aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria que acredite que los recursos no ejercidos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal correspondientes al ejercicio fiscal 2014 por 1,704,099.93 pesos (un millón setecientos cuatro mil noventa y nueve pesos 93/100 M.N.) se ejercieron y aplicaron a los objetivos del fondo de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal.

Perote. Recursos del Fondo de Pavimentación, Espacios Deportivos, Alumbrado Público y Rehabilitación de Infraestructura Educativa para Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

14-D-30128-02-0499-03-001 Solicitud de Aclaración
Para que el municipio de Perote, Veracruz de Ignacio de la Llave, aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria por un monto de 76,483.48 pesos (setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 48/100 M.N.) por retenciones del uno al millar para el Órgano Técnico de Fiscalización de la Legislatura Estatal de las que el municipio no acreditó el entero correspondiente. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a efectuar el reintegro a la Tesorería de la Federación.

Úrsulo Galván. Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

14-D-30191-02-0738-06-001 Pliego de Observaciones
Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 215,200.00 pesos (doscientos quince mil doscientos pesos 00/100 M.N.) más los intereses generados desde la disposición de los recursos hasta su reintegro a la cuenta del fondo por la falta de la documentación justificativa de los gastos indirectos, debido a que no se puede determinar si las actividades realizadas fueron para el control y seguimiento de las obras del fondo; en su caso, deberá acreditarse ante este Órgano de Fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación a los objetivos del fondo de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal.

Veracruz. Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

14-D-30193-14-1462-03-001 Solicitud de Aclaración
Para que el municipio de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, aclare y proporcione la documentación que acredite el ejercicio y aplicación a los objetivos del fondo de los recursos no ejercidos al 31 de julio de 2015 del Fondo de Aportaciones para la infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal correspondientes al ejercicio fiscal 2014 por 1,158,948.74 pesos (un millón ciento cincuenta y ocho mil novecientos cuarenta y ocho pesos 74/100 M.N.) de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal.