Se debe reformar el Código Penal para que en ningún momento se revele una noticia de índole penal hasta que se tenga la certeza de que los hechos existen y que se contemplen también sanciones administrativas, precisó el director jurídico del Congreso local, Vito Lozano Vázquez, en relación al anuncio de la Fiscalía de anunciar la captura de José Márquez Balderas, cuando lo había dado por muerto el pasado 13 de agosto en Orizaba.
“La autoridad de que en un momento dado cayera en el hecho de dar datos falsos, se pudiera contemplar como una falta de carácter administrativo sancionada por la propia dependencia.”
Al momento, dijo, no existe ningún delito contemplado, “porque en el caso del Fiscal no hubo dolo desde el momento en que se da una noticia de carácter general y oficial, no aparece en el Código Penal sancionado eso y el dolo solamente tiene que ser bien probado porque acuérdate que es cuando hay intención de dañar a alguien y aquí no hubo intención de dañar a nadie.”
En cuanto al caso de José Márquez Balderas, aclaró “que puesto que las órdenes de aprehensión no desaparecen hasta el momento en que se exhibe ante el juez que dictó la orden de aprehensión, lo diga, quien lo diga, porque para el juez sigue existiendo la orden de aprehensión, hasta que no se le acredite con acta de defunción, el deceso de la persona.”