TEPJF ordena sacar del aire en todo el país spot de AMLO

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó bajar del aire en todo el país los spots “Avión” en los que aparece Andrés Manuel López Obrador, líder de Morena, por incurrir en presunta promoción personalizada rumbo al 2018.

De acuerdo a los magistrados, en los mensajes, en los que el político expresa “no quieren que se escuche mi voz, ni que aparezca en televisión, me quieren borrar”, no expresa un posicionamiento institucional del partido sino que difunden de manera preponderante la imagen, voz y mensaje del líder partidista.

Además en ellos se hace “una alusión temporal que coincide con el próximo proceso electoral federal para la elección de presidente de la república consistente en la expresión “en 2018 lo vamos a vender”, al referirse al avión presidencial.

Por ello se determinó el posible uso indebido de la pauta de radio y televisión pues los mensajes podrían ”constituir un posicionamiento personalizado indebido de un dirigente partidista vinculado a un proceso electoral específico, considerando tanto la centralidad del sujeto participante como el contenido del mensaje”.

Además se resolvió que en los promos no se identifica con claridad la calidad de López Obrador como dirigente de Morena.

Los mensajes deberán ser retirados del aire por acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) -que aún no convoca a sesión- fueron pautados por Morena desde diciembre de 2015.

Tras el retiro cautelar será la Sala Regional Especializada del TEPJF la que resuelva de fondo si efectivamente hay o no uso indebido de la pauta o promoción personalizada, como lo establece la queja, promovida por dos particulares.

Por ese tipo de apariciones en spots López Obrador ha sido denunciado ante el INE en varias ocasiones, pero por presuntos actos anticipados de precampaña, presunta promoción personalizada y violación al modelo de comunicación política, amén de promoción personalizada, pero hasta ahora no había prosperado ninguna medida cautelar.

A diferencia de pasadas resoluciones que habían sido confirmadas por el TEPJF se valoró que las expresiones de López Obrador se encaminan a difundir preponderantemente su imagen, voz y mensaje, no un posicionamiento institucional del partido y el contexto los ubica en un proceso electoral específico, el 2018.

Aunque la decisión fue emitida por unanimidad, en sesión privada de la Sala Superior realizada el pasado 5 de marzo, el magistrado presidente, Constancio Carrasco Daza, emitió un voto concurrente pues difirió en las argumentaciones.

FUENTE. EL UNIVERSAL